TRIBUNAL DE TRABAJO N° 1

La Justicia avaló el cobro de la Cuota Capital de la UPC

El Tribunal de Trabajo N° 1 rechazó el pedido de amparo que realizó el vecino Mario Nosei contra la cuota capital que cobra la UPC. El recurso fue rechazado "de forma y de fondo".
martes, 19 de agosto de 2014 · 12:53
NECOCHEA (Cuatro Vientos) - El Tribunal de Trabajo N° 1 terminó de cerrar la movida que llevaba adelante parte del kirchnerismo local contra autoridades de la Usina Popular Cooperativa "Sebastián De María" acerca de una interpretada ilegalidad en el cobro de la cuota capital.

La presentación fue realizada por Mario Nosei "con el objeto de que la Usina Popular Cooperativa se abstenga de incluir en las facturas de consumo eléctrico que no sean los permitidos por la Ley 11.769, concreta y específicamente la cuota de Capital EE. Denuncia antecedentes, cita legislación aplicable, funda en derecho y ofrece prueba".
 
El Tribunal resolvió "rechazar in límine la acción de amparo interpuesta por Mario Alberto Nosei contra la Usina" porque "no surge acreditada en forma manifiesta la alegada ilegalidad y queda evidenciado que existen otros remedios ordinarios previos para hacer cesar el pago denunciado como ilegítimo, antes de la interposición de la acción de amparo por ser ésta el último recurso, cuando ya se han agotado los medios idóneos para hacer cesar un estado de ilegalidad o arbitrariedad".

"No se advierte la posibilidad de un daño grave, inminente o irreparable que, eventualmente, condujera a entender que no existe otro medio idóneo más que el amparo para proteger el derecho invocado en la pretensión judicial intentada", adujo el Tribunal para sostener su fallo.

"El amparo no puede tener por objeto obviar trámites legales, cuando los mismos se encuentran previstos por las leyes que reglamentan el ejercicio de una asociación cooperativa".

Por todo ello y lo normado por los artículos 2 inciso 1, 4, 8, 16, 19, 20 de la ley 13.928; artículo 43 de la Constitución Nacional, 20 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, el Tribunal resolvió "rechazar in límine la acción de amparo".

Ahora el Sr. Nosei  deberá pagar las costas del juicio y regular los honorarios del Dr. Mauricio Coronel en la suma de 2.710 pesos y del Dr. Luis Antonio Rosiello en la suma de 2.710 pesos (arts. 1, 9, 49,51, 54, 57, 58 y conds del dec ley 8904).

En diálogo con Cuatro Vientos, el concejal momista, Alejandro Issin, comentó que "de alguna manera, el Tribunal rechaza la cuestión de forma como de fondo. Por un lado rechaza la vía del amparo, herramienta para discutir la legalidad o no de la Cuota Capital; pero también rechaza la presunción de ilegalidad en el concepto, con lo cual de alguna manera está adelantando que el fondo del asunto tampoco va a correr".

Issin dió por seguro que cualquier iniciativa similar va a terminar de la misma manera: "El que la haga va a seguir pagando costas". 

El rechazo "in límine" del recurso de amparo significa que el recurso fue rechazado de plano y en principio, sin siquiera llamar a la defensa para que hiciera un descargo.

 

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