OCURRIÓ EN 1997

La Municipalidad y un concesionario deberán pagar casi $300 mil por un accidente

En enero de ese 1997 un hombre que fue atropellado por un cuatriciclo mientras tomaba sol en la playa, demandó al municipio y a “Parada 73”, quien, este último, alquilaba estos motovehículos.
viernes, 29 de agosto de 2014 · 14:37

NECOCHEA (Cuatro Vientos) – Corría enero del año 1997 cuando un hombre que se encontraba tomando sol en la playa, a la altura de la calle 71, fue atropellado por un sujeto que conducía un cuatriciclo alquilado.

Siete años y medio después de radicada la demanda, la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Necochea emitió la condena.

De esta manera, la Municipalidad de Necochea y el dueño de lo que en aquel momento era "Parada 73”, donde se alquilaban ese tipo de vehículos, deberán pagar $275.965,02 más intereses.

En el fallo consta que según las pruebas colectadas "los bañistas tenían libre acceso al sector, por el que podían circular y detenerse sin restricción alguna. Así entonces los riesgos de la actividad que se autorizara eran de una gravedad inusitada".

Y, además, detalla que la Municipalidad en ese momento, decidió "otorgar la concesión cuyo pliego licitatorio”, previó para los "triciclones”, "(vehículo de los enunciados, el más semejante al que participara en el hecho)", según detalla el fallo.

El artículo 31 del pliego establecía: "El cumplimiento de este contrato en cuanto a las obligaciones a cargo del concesionario será controlado por la Municipalidad, mediante la realización de inspecciones de las obras, instalaciones y prestaciones de servicios, auditorias, solicitud de informes y todo otro procedimiento que aquella juzgue adecuado" y, en ese sentido la mencionada Cámara determinó que "la comuna omitió constatar antes, y controlar después, el cumplimiento de los recaudos a que condicionó la concesión, fiscalizando no solamente que se demarcara eficientemente el circuito, sino además que se cumplieran todas aquellas condiciones de seguridad que permitieran el desarrollo de esas actividades de un modo razonablemente seguro, inherente al riesgo que creaba. Y dicha omisión guardó eficiente relación causal con el hecho. En efecto, la Municipalidad debió controlar la efectiva demarcación del circuito para el uso de cuatriciclos (v. experticia de fs 675/676vta., respuesta al pto. 1), lo que a la luz de las constancias de autos no hizo, y ello incidió causalmente en el hecho acaecido".

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