CAMPAGNOLI RATIFICÓ A ESNAOLA

Denunciaron al Juzgado Federal de Necochea por "cajonear" las coimas en Sitio 0

El fiscal José María Campagnoli decidió denunciar penalmente al Juzgado Federal de Necochea y al Fiscal General, Juan Portela, por no haber avanzado con la investigación de irregularidades alrededor de la concesión de Sitio 0
lunes, 25 de julio de 2016 · 22:19
Con fecha del 12 de julio del 2016 y firmado por el propio José María Campagnoli, el fiscal promovió una acción penal de oficio y postuló algunas medidas en lo referente al cajoneo de la denuncia que hiciera en 2013 por irregularidades para otorgar la concesión de Sitio 0 en Puerto Quequén.

En su denuncia del 2013, el fiscal desarrollaba sus argumentos y presentaba pruebas a lo largo de 211 hojas que quedaron sospechosamente archivadas en el Juzgado Federal de Necochea. El documento emitido por Campagnoli terminó confirmando los dichos del concejal radical Alberto Esnaola con respecto al cajoneo de la denuncia en el tribunal local.

Según el escrito de Campagnoli (ver archivo relacionado), el legajo fue "archivado de manera arbitraria, a contramano de los mandatos legales y con una evaluación de los hechos que forzó, incluso, que se omitiera por completo la investigación de maniobras presuntamente delictivas que ya al inicio de la instrucción integraban su objeto procesal". El procedimiento por el cual se archivó la denuncia en el Juzgado Federal a cargo del Dr Bernardo Bibel tuvo que ver con "un anómalo accionar llevado adelante por las autoridades judiciales competentes".

Campagnoli agrega que "las conductas aquí denunciadas no pueden ser abordadas de manera aislada, sino que debe ser una visión integral de los hechos la que marque el rumbo de la investigación a llevar adelante, pues estas podrían resultar consecuencia o bien configurar en sí mismas delitos de acción pública cuyo esclarecimiento debe ser objeto de una profunda pesquisa tendiente a descubrir la verdad".

El fiscal relata a continuación las acciones llevadas adelante para tratar de seguir el rastro a su denuncia en los diferentes ámbitos judiciales y llegar a conocer dónde es que terminó archivada, algo que el concejal radical Alberto Esnaola relató a este diario semanas atrás luego de reunirse con el Fiscal en Buenos Aires (ver nota relacionada).

La denuncia de Campagnoli sobre la inacción del Juzgado Federal de Necochea reivindica al concejal radical, que recientemente fue denostado en el diario local y otros medios gráficos que intentaron postularlo como un denunciante sin pruebas. 

En el escrito Campagnoli sostiene que además se tomó declaración a Esnaola, en la cual el concejal agregó que hubo "una protección integral por parte de las autoridades del estado para garantizar éste y otros millonarios negocios y asegurar la protección de las personas allegadas al poder del gobierno que para ese entonces se encontraba en funciones".

Esnaola recientemente aportó como testigo un nuevo elemento que sirve como prueba de la relación del operador kirchnerista Roberto Porcaro con el Consorcio de Gestión de Puerto Quequén: unos pasajes de avión comprados a una agencia de viajes local para que el operador kirchnerista viajara junto al presidente del Consorcio en ese entonces, José Luis De Gregorio y el presidente de Financial Net, Carlos Honorio Mocorrea en 2012.

Sucede que el objeto procesal a investigar, es decir, lo que debe ser investigado como presunto delito, fue definido a través de tres hipótesis por el Dr Raúl Omar Plee, máxima autoridad del Ministerio Público Fiscal de la Nación y jefe del fiscal local: la adjudicación irregular para la concesión de la obra (Sitio 0 de Puerto Quequén); el tráfico de influencias de Roberto Porcaro; y la circunstancia de que esa operación integrara una maniobra de lavado de dinero.

"Llamativamente", escribe Campagnoli, "la instrucción llevada adelante por la Fiscalía Federal de Necochea, con la anuencia del Juzgado Federal competente, en nada se ocupó de las responsabilidades penales que podrían corresponder por la adjudicación directa denunciada, como así tampoco del origen de los fondos con los que se realizó la operación bursátil que era materia de investigación, ni de su posible conexión con la maniobra que es objeto de la causa N° 3017/2013". Campagnoli asegura que "no puede obviarse la arbitrariedad con la que parecería haber sido sustanciado el proceso penal".

A continuación el fiscal relata que apesar de que "se corroboró" que Roberto Porcaro y su esposa Patricia Sirviente participaron activamente de la repatriación de bonos por los que percibieron unos 90 mil pesos, lo que claramente guiaría la investigación como "diligencias preliminares" para la comisión del presunto delito, la investigación fue cerrada y ni siquiera investigaron el origen de los fondos usados en la operatoria. 
 
En este nuevo panorama, con otra denuncia de Campagnoli (esta vez sobre el el juez Bernardo Bibel y el Fiscal General Juan Portela, responsables de investigar la denuncia del 2013), la salvedad es válida: el concejal Esnaola nunca denunció penalmente el caso y sólo realizó en 2013 una presentación en su ámbito de competencia, el Concejo Deliberante y se presentó frente al Tribunal de Cuentas para referirse a solicitar una investigación por la entrega en concesión en el puerto.

"Ahora bien, las graves acusaciones expuestas por Esnaola no se presentan como una mera apreciación subjetiva", sostuvo Campagnoli en el escrito, "pues encuentran un objetivo correlato en el llamativo trámite que se verifica en el expediente judicial cuyas copias han sido incorporadas a esta nueva causa".
 
En definitiva, lo que hizo Campagnoli con esta presentación fue denunciar penalmente al juez Bibel y al fiscal Portela por no haber cumplido con la obligación de seguir investigando la denuncia del 2013 con respecto a la concesión, el tráfico de influencias y el lavado de dinero alrededor del otorgamiento de Sitio 0.

Esta obligación consta en el artículo 196 del Código Penal:

El juez de instrucción podrá decidir que la dirección de la investigación de los delitos de acción pública de competencia criminal quede a cargo del agente fiscal, quien deberá ajustar su proceder a las reglas establecidas en la sección II del presente título.

En aquellos casos en los cuales la denuncia de la comisión de un delito de acción pública sea receptada directamente por el agente fiscal, o promovida por él la acción penal de oficio, éste deberá poner inmediatamente en conocimiento de ella al juez de instrucción, practicará las medidas de investigación ineludibles, cuando corresponda, solicitará al juez de instrucción que recepte la declaración del imputado, conforme las reglas establecidas en la sección II de este título, luego de lo cual el juez de instrucción decidirá inmediatamente si toma a su cargo la investigación, o si continuará en ella el agente fiscal.

Los jueces en lo correccional, en lo penal económico, de menores, en lo Criminal y Correccional federal de la Capital Federal y Federales con asiento en las provincias, tendrán la misma facultad que el párrafo primero del presente artículo otorga a los jueces nacionales en lo Criminal de Instrucción. 
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