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Juez Juliano y los cultivadores: "Son consumidores que no le ocasionan perjuicio a ninguna persona"

El juez Mario Juliano explicó por qué se sobreseyó a un cultivador de marihuana quie tenía 19 plantas. La clave es la inconstitucionalidad de la ley de drogas.
jueves, 12 de octubre de 2017 · 10:36

El reciente fallo del Juzgado en lo Criminal de Necochea sobreseyendo a un cultivador de marihuana que tenía 19 plantas en su casa y flores listas para consumir dio que hablar y mantiene viva la polémica acerca de criminalización de cultivadores que están lejos de ser narcotraficantes o delincuentes.

El fallo firmado por el juez Mario Juliano pone acento sobre la inconstitucionalidad de la Ley 23.737 (ley de Drogas) que penaliza a los usuarios pasando por alto el artículo 19 de la Constitución Nacional, que indica que "las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados".

"El tema de la incosntitucionalidad no es nada nuevo, desde siempre lo hemos estado declarando, un poco en coincidencia con la doctrina de la Corte sobre la tenencia de sustancias para consumo personal", explicó a Cuatro Vientos el juez Juliano.

En este caso se trataba de un allanamiento que se había hecho en un domicilio donde se secuestraron 19 plantas y cogollos por un total de 186 gramos "y yo no encontré ningún elemento que pudiera indicar una actividad distinta del propio consumo", explicó el magistrado sobre su fallo.

 

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"Si estamos hablando del propio consumo obviamente aplica el artículo 19 de la Constitución Nacional y los jueces no tenemos nada que hacer sobre las decisiones personales que no afecten a terceras personas", agregó el juez explicando sus razones.

"El tema que ahí se plantea es la cantidad: si la ley no establece nada en particular no hay por qué presumir que no sea para consumo", agregó.

Juliano se ha expresado en diferentes oportunidades en favor de la despenalización del consumo de cualquier tipo de sustancia. Lo relevante en el debate tiene que ver con la diferenciación clara que hay entre narcotraficantes, que lucran con la comercialización de sustancias prohibidas (y cuyo accionar sí afecta la vida de terceros) y los cultivadores que tienen su jardín destinado al consumo personal.

Caso Goicoechea

El caso del joven sobreseído por las 19 plantas se asemeja al del activista Matías Goicoechea, quien sufrió un allanamiento en su casa a principios de año por una cantidad incluso menor de plantas en su cultivo.

En particular Juliano opinó en el mismo sentido que el fallo que emitió este martes aunque remarcó que para esa situación él no intervendrá de ninguna manera: "Mi opinión es la misma, obviamente que yo no voy a intervenir en ese caso por obvias razones, me voy a excusar, pero la opinión es exactamente igual y además porque lo conozco a Matías y sé que su cultivo es para su consumo personal o, en tal caso, con fines solidarios". El juez es padre de Luz Juliano, pareja de Goicoechea.

 

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"La situación es exactamente la misma, así que ignoro en qué va a terminar esa causa en la que yo naturalmente (insisto) no voy a intervenir, remarcó.

"La situación es la misma, planta más, planta menos, por decirlo de algún modo, pero son personas que claramente no son narcotraficantes, que es el único caso donde tiene que intervenir la ley". En estos casos, "son cultivadores, consumidores que no le ocasionan perjuicio a ninguna persona ni nadie puede sentirse agraviado por su forma de vida y su forma de vida tiene que ser respetada en una sociedad democrática".

 

 

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