PROVINCIA DE BS. AS.
Los menores deberán presentar DNI en viajes de media y larga distancia
Desde este jueves (01-06) los jóvenes entre 13 y 17 años podrán viajar solos pero con autorización de sus padres o representante legal.La media rige a partir de este jueves (01-06) Según informó la Subsecretaría de Transporte, perteneciente al Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos bonaerense.
De esta manera, la documentación deberá ser presentada a la hora de viajar por los Servicios Interurbano Provincial, Turismo Temporada, Ejecutivo, Contratado y Excursiones de más de 200 km.
Paralelamente , se recordó que los niños menores de 6 años podrán viajar únicamente si son acompañados por uno de sus padres, representante legal o un tercero autorizado, y los de entre 6 y 12 años inclusive podrán viajar acompañados por uno de sus padres, representante legal o tercero autorizado; o hacer uso del "Servicio de Menor No Acompañado”.
Los adolescentes de entre 13 y 17 años inclusive podrán viajar solos, presentando la autorización correspondiente de uno de sus padres o representante local.
Requisitos a la hora de viajar:
-Los niños menores de 6 años podrán viajar únicamente si son acompañados por uno de sus padres, representante legal, o un tercero autorizado.
-Los niños de entre 6 y 12 años inclusive, podrán viajar acompañados por uno de sus padres, representante legal o tercero autorizado; o hacer uso del "Servicio de Menor No Acompañado”.
-Los adolescentes de entre 13 y 17 años inclusive podrán viajar solos, presentando la autorización correspondiente de uno de sus padres o representante local.
Pasos para tramitar las autorizaciones:
-Modalidad Presencial: Los pasajeros deberán completar un formulario disponible en las boleterías de las empresas o en www.transporte.gba.gov.ar
-Modalidad No Presencial: Se podrán realizar a través de escribanos, juez competente, autoridad del Registro Civil y Capacidad de las Personas, Justicia de Paz y otras autoridades administrativas o judiciales.
Documentación necesaria para viajar:
- DNI o Pasaporte del menor
- DNI del representante legal
- Acreditación del vínculo de paternidad, que podrá acreditarse mediante el DNI, siempre que éste contenga el nombre de sus representantes legales
- En caso de adopción, presentar Partida o Acta de Nacimiento; o Testimonio Judicial de Adopción
-Si viaja con un tercero, DNI de la personar responsable y la autorización pertinente.