Motochorros deberán indemnizar a una de sus víctimas

lunes, 23 de abril de 2018 · 09:16

A raíz de un acuerdo de juicio abreviado en el Tribunal Oral en lo Criminal 4 de Mar del Plata dos jóvenes condenados a 5 años y medio de prisión por un robo en marzo del 2017 deberán pagar 20 pesos de indemnizaciòn a una de sus víctimas.

Sucede que en la tarde del sábado 25 de marzo del año pasado Leandro Ezequiel Guaymas y a Joel Ariel Ortiz interceptaron a una joven que circulaba en una motocicleta Honda Biz dominio 199-KVK y la amenazaron con un arma de fuego. Tras sacarle el rodado, una cartera y una campera escaparon y la hicieron caer provocándole una fractura de platillo tibial izquierdo.

Luego, a bordo de la moto robada, Gauymas y Ortiz interceptaron la mañana siguiente a un hombre de 82 años en la esquina de Guanahani y Diagonal De las Olimpíadas. Tras amenazarla con un revólver calibre .32 largo le sustrajeron un celular y escaparon del lugar.

En la sentencia el juez Jorge Peralta sostuvo que la autoría de los jóvenes estaba probada en ambos hechos. “Es prueba común de la coautoría reprochada a ambos encausados el hecho de que fueran sorprendidos al día siguiente tripulando la motocicleta sustraída, poco después de cometer un segundo robo”, señaló.

En ese contexto, la víctima del primer ilícito reconoció a los sujetos que la habían asaltado el día anterior y se acercó a la fiscalía 8 que tuvo la investigación a su cargo. Las actuaciones posteriores, que incluyeron las tareas de reconocimiento, confirmaron la responsabilidad de ambos imputados en el primero de los hechos.

Para el magistrado no existieron cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y consideró como atenuante “el reconocimiento implícito en la oferta de reparación económica efectuada a la víctima del primer hecho” y la falta de antecedentes penales de ambos imputados.

En cuanto a los agravantes consideró “las condiciones de las víctimas demostrativas de mayor fragilidad física, la condición de mujer en el primer hecho y la edad avanzada en el segundo”.

Peralta confirmó la calificación de robo agravado por el empleo de arma cuyo poder vulnerante no ha sido acreditado y por la causación de lesiones graves para el primero de los hechos y la de robo agravado por el empleo de arma de fuego sin poder vulnerante para el segundo.

Leandro Ezequiel Guaymas y a Joel Ariel Ortiz fueron considerados coautores y se les aplicó las penas pactadas en los acuerdos de cinco años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas del proceso, para cada uno de ellos.

Al haberse consignado en los acuerdos de abreviación un compromiso de reparación a la víctima del primer hecho, se dispuso la apertura de una cuenta judicial para que depositen veinte mil pesos en concepto de reparación a la víctima.

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