Vidal lanza un bono de $3.000 en dos cuotas para empleados estatales

jueves, 12 de septiembre de 2019 · 19:31

Luego de que varios municipios presentaran sus propios bonos y tras el cruce de industriales y PyMEs con el Ministro de Producción y Trabajo de la Nación, Dante Sica, el Gobierno provincial con María Eugenia Vidal a la cabeza lanza su propio bono para estatales.

Se trata de una suma de 3000 pesos que será pagada a los trabajadores activos del Estado en dos cuotas iguales de 1500 pesos cada una. Las fechas pautadas para los pagos son el 20 de septiembre para la primera cuota, mientras que la segunda se cobrará el 18 de octubre de 2019.

Según el portal Cronos, el bono mencionado no contempla a los docentes de la Provincia, ya que se mantiene en vigencia la “cláusula gatillo” acordada en las paritarias.

Por último, a los trabajadores pasivos se les destinará una suma de 2100 pesos divididos en dos cuotas en las mismas fechas de cobro.

El detalle del bono

Según se informó, el “bono no remunerativo no bonificable 2019” son tres mil pesos para personal activo y 2.100 para pasivos, de la administración pública provincial. La modalidad será en dos cuotas iguales de 1.500 y se paga al personal que esté activo al momento del pago.

Lo recibirán los agentes que, en el mes de agosto, hayan percibido una retribución mensual neta de descuentos asistenciales y previsionales, conformada por aquellos rubros salariales sean remunerativos o no remunerativos, regulares, habituales y permanentes, con exclusión de horas extras y asignaciones familiares, de hasta pesos treinta y ocho mil trescientos ($38.300).

El personal alcanzado es aquel que está bajo la Ley 10.430 de plantas permanente con estabilidad- y temporaria (transitoria mensualizada, de gabinete y secretarios privados).

Además, los trabajadores de la Carrera Profesional Hospitalaria Ley N° 10.471 y Residentes; los becarios del Ministerio de Salud; los trabajadores Técnico Gráfico Ley N° 10.449, los de Dirección de Vialidad Ley N° 10.328, los contemplados en la Ley N° 12.268 -Régimen de las Actividades Artísticas, Técnicas y Complementarias y los de la Comisión de Investigaciones Científicas Decreto-Ley Nº 9.688/81 y Ley Nº 13.487.

También aquellos de Hipódromos, Casinos bajo jurisdicción del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, Ley Nº 10.384 -Estatuto Escalafón para el Personal de Ex Obras Sanitarias, Dirección de Energía CCT N° 36/75, Organismo de Control de Energía Eléctrica (OCEBA), Ente Administrador Astillero Río Santiago personal convencionado del CCT N° 91/75 y no convencionado, personal de la Subsecretaría de Industria, Minería y Actividades Portuarias del, ministerio de Producción bajo CCT N° 24/75, N° 164/75 y N° 40/91E, Servicio Penitenciario Bonaerense Decreto-Ley N° 9.578/80, Policías de la Provincia de Buenos Aires Ley N° 13.982, Poder Judicial Ley 10374.

En tanto, quedan excluidos del bono el personal que está bajo la Ley N° 10579; el personal jerarquizado superior y de planta permanente sin estabilidad, Ministerio de Economía | Subsecretaría de Política y Coordinación Económica; los contratados por locación de servicio u obra, cualquiera sea el marco legal del contrato; los cadetes del Servicio Penitenciario Bonaerense y de las Policías de la Provincia de Buenos Aires.

Agentes que perciben anticipo jubilatorio de la Ley 12.959

Los que se encuentren percibiendo el anticipo jubilatorio en el mes de agosto de 2019 y hubieran obtenido el cese por jubilación con anterioridad al 31 de agosto de dicho año, les corresponde el bono de pesos dos mil cien ($2.100), a ser abonado por el Instituto de Previsión Social al momento del pago de la prestación previsional.

Personal pasivo

El monto de bono en este caso es de 2.100 pesos por persona, con prescidencia de si el agente pasivo percibiere beneficios simultáneos de jubilación o retiro y pensión. Lo cobrarán quienes en el mes de agosto hayan percibido un haber mensual neto de descuentos de ley, con exclusión de asignaciones familiares, de hasta pesos treinta y ocho mil trescientos ($38.300).

Alcanza a Beneficiarios de haberes jubilatorios y/o pensiones contributivas del Instituto de. Previsión Social; beneficiarios de jubilaciones, retiros y pensiones contributivas de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires.

En tanto, quedan excluidos los beneficiarios de jubilaciones y/o pensiones correspondientes a la Ley 10.579.

El bono para trabajadores pasivos también se abonará en dos cuotas (cada una de 1.050 pesos) en las mismas fechas que el bono para activos.

Por último, para los agentes pasivos que cobran haberes derivados de pensión en un grupo pensionario, el monto del bono se prorratea en la proporción que corresponda entre sus integrantes.

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Satisfacción
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Esperanza
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7%
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Indiferencia

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