Enterate cómo tramitar la pensión vitalicia para familiares de fallecidos por Coronavirus

miércoles, 26 de enero de 2022 · 11:27

El pasado 17 de diciembre, el Gobierno nacional dispuso a través del decreto 854/2021 la pensión vitalicia para familiares de fallecidos por covid entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre de 2020.

En este sentido, la medida comprendida en la Ley 27.549 de 2020, otorga beneficios impositivos al personal de la salud, Fuerzas Armadas, de Seguridad y otros rubros considerados esenciales durante la pandemia de Covid. 

Además, establece la eximición del pago del Impuesto a las Ganancias por horas extra, guardias o todo otro concepto que se liquide de manera específica y adicional en virtud de le emergencia sanitaria.

Asimismo, el decreto establece una pensión vitalicia para los familiares de los trabajadores comprendidos en esa ley que hayan perdido la vida por el covid entre el 1° de marzo y el 31 de diciembre de 2020.

No obstante, quienes la requieran podrán cobrar la pensión vitalicia inmediatamente después de haber comenzado el trámite y no una vez que finalice, debido a que es un proceso que puede demandar varios meses.

La iniciativa indica que la pensión vitalicia “se abonará a sus beneficiarios y beneficiarias desde la fecha de solicitud para su tramitación ante la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) o desde la fecha en que se haya solicitado en forma fehaciente ante cualquier organismo del Estado Nacional”.

En el caso de quienes todavía esperan por la aprobación de la pensión vitalicia, la cual tiene un monto de $58.124, recibirán un retroactivo desde la fecha que se comenzó la gestión.

Quiénes pueden solicitar la pensión vitalicia

Cónyuge supérstite: en caso de divorcio esta pensión solo procedería en caso de que “el causante tuviere a su cargo un deber alimentario en favor del derechohabiente”.

Conviviente supérstite: con quien el fallecido mantuvo una unión convivencial.

Hijos/as solteros/as hasta los 21 años de edad: esta limitación de edad no rige si los/as hijos/as se encuentran restringidos en su capacidad o perciben alimentos establecidos hasta los 25 años.

Personas a cargo del causante al momento del fallecimiento, conforme lo reglamente la autoridad de aplicación.

Qué rubros son considerados esenciales para solicitar la pensión vitalicia

  • Profesionales, técnicos, auxiliares (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza) y personal operativo de los sistemas de salud pública y privada
  • Personal de las Fuerzas Armadas
  • Personal de las Fuerzas de Seguridad
  • Personal de la Actividad Migratoria
  • Personal de la Actividad Aduanera
  • Bomberos
  • Recolectores de residuos domiciliarios y recolectores de residuos patogénicos, que presten servicios relacionados con la emergencia sanitaria

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