CAMBIOS

¿Cuáles son las claves del proyecto del nuevo Código Procesal Penal?

El texto apunta a lograr procesos penales más veloces y transparentes; prevé que las investigaciones y los juicios sean orales e inmediatos; da más importancia a la figura del fiscal por sobre la del juez, quien sólo se limitaría a decidir, no a investigar. Polémica por la deportación de delincuentes.
miércoles, 22 de octubre de 2014 · 10:39

NECOCHEA (Cuatro Vientos) - El proyecto de reforma del Código Procesal Penal (CPP)plantea un cambio de normativa para el paso de un sistema inquisitivo a uno acusatorio. Es decir, un modelo en el que el que el fiscal investigue, el defensor defienda y el juez resuelva.

El texto que actualmente está vigente fue implementado en 1991, y aunque incorporó el juicio oral, mantuvo el trámite escrito e inquisitivo en la etapa de instrucción. Hoy, los jueces investigan y controlan la legalidad de su propio trabajo.

El CPP actual mantiene formalismos heredados, y no es funcional para realizar investigaciones complejas puesto que es lento y deficiente. Se lo califica como "ritualista”, porque es escrito, y tiene requisitos y formalismos que ya cayeron en desuso. Tampoco prevé formas alternativas de resolución de conflictos, como la mediación penal, que es más ágil y apunta a reparar el daño producido por los delitos

Claves de los cambios en el proyecto

■ Papel del juez

Dejarán de investigar y pasarán a transformarse en jueces de garantías. Serán quienes autoricen o denieguen requerimientos del fiscal . El juez velará por que ningún aspecto de la investigación vulnere las garantías del debido proceso.

■ Papel del fiscal

Tendrá a cargo la instrucción de la causa y la persecución penal integral. Los fiscales podrán aplicar una política criminal estratégica, para así dar importancia a la persecución de delitos más graves y trabajar sobre la complejidad del crimen organizado. También prevé la posibilidad de convertir la acción pública en privada para determinados delitos, y regula la conciliación como una forma alternativa de resolución.

■ Papel de víctimas e imputados

Tendrán más capacidad para participar en el proceso. Sin necesidad de ser querellantes, las víctimas tendrán herramientas para intervenir en caso de que se sobresea al imputado. Serán informados de las decisiones que los afecten y habrá un mecanismo específico para revisarlas.

■ Reglamentación del tiempo de duración la investigación

No podrá durar más de un año y el trámite de los legajos tendrá menos formalidades. Al terminar la investigación habrá una audiencia para evaluar la prueba y decidir cuándo y cómo será el juicio oral. Se modernizarán las reglas del juicio, y se prevé la filmación del juicio para contar con un registro audiovisual. Solo en los procesos complejos, especificados en el Código, se podrán duplicar los plazos procesales.

■ "Puerta Giratoria"

Para dictar la prisión preventiva se tendrán en cuenta las circunstancias del hecho y la conmoción social que produzca en lo social. También será considerada la reincidencia del autor del hecho.

■ Expulsión de extranjeros

Aquellos inmigrantes que vivan en el país de manera irregular y sean sorprendidos en la comisión de un delito serán expulsados. No podrán ingresar nuevamente por el plazo de 15 años.

■ Sanciones por demoras

Aquellos funcionarios judiciales que no cumplan con los plazos estipulados serán sancionados con mayor o menor severidad dependiendo del retraso al que lleven a la investigación.

■ Celeridad en los plazos

Todas las audiencias serán orales, lo que permitirá una mayor transparencia y velocidad en el proceso al eliminarse muchos procesos que antes se hacían en forma escrita y demandaban mucho tiempo. Una vez terminada la instrucción (cuyo máximo permitido es de solo un año) el juicio oral deberá iniciarse entre 5 y 30 días de terminada la investigación. Ningún juicio podrá demorar, en total, más de tres años.

■ Delitos graves

En el caso de los delitos graves, los acusados irán presos desde el primer día y deberán ser condenados en 10 meses.

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