PROYECTO DE ORDENANZA

Buscan regular el uso de "bicimotos" en Necochea

Nuevo proyecto de ordenanza del Frente Renovador en Necochea busca establecer regulaciones al uso de las "bicimotos". La ordenanza establece patentes municipales para estos vehículos y el uso de casco y luces especiales para los conductores.
miércoles, 7 de mayo de 2014 · 21:26
NECCHEA (Cuatro Vientos) - Las Bicimotos son cada día más frecuentes en nuestra ciudad. Carentes de cualquier tipo de regulación que establezca el uso adecuado de estos vehículos, cualquier clase de accidente o violación a las normas de tránsito en manos de sus conductores puede ocasionar problemas a la libre circulación en las vías de la ciudad, con los respectivos perjuicios que puede ocasionar a la comunidad.

Con la mira puesta en ese problema e inspirados en iniciativas legislativas de otros municipios en Santa Fé, Entre Ríos y la provincia de Buenos Aires es que el Frente Renovador presentará en el HCD un proyecto de ordenanza para establecer regulaciones sobre "bicimotos" y motos eléctricas.

"No vamos a esperar a que ocurra algún accidente fatal para luego aplicar una reglamentación: desde el Frente Renovador queremos adelantarnos a los hechos. Por eso estuvimos trabajando sobre la utilización de las bicimotos”, aseguró el concejal Facundo López.

Las bicimotos "son accesibles y presentan una evidente y marcada carencia de elementos de seguridad, ya que el sistema de frenos de las bicicletas no está diseñado para detener un vehículo impulsado por un motor”, consideró López. 

Su compañera en el bloque del Frente Renovador, Cristina Biar, agregó que "este proyecto es un paso adelante para la ciudad en materia de seguridad vial. Las últimas noticias sobre accidentes en bicimotos alarman y podemos evitarlos. No podemos esperar a que se pierda una vida para darnos cuenta”.

El proyecto de ordenanza preve la creación de un registro de vehículos como las bicimotos o las motos eléctricas identificados con placas patentes emitidas por la muni.

Además, plantea una serie de medidas de seguridad mínimas cuyo incumplimiento derivaría inmediatamente en el secuestro del vehículo. Así, se plantea el uso del casco y ante la falta de cobertura de los ojos, anteojos (antiparras) protectoras.
 
 


Además, los dueños de estos vehículos deberán equipar sus vehículos con luces y elementos retrorreflectivos en pedales y ruedas, además de agregar alguna clase de suspensión que los haga más estables.

Se plantea en el proyecto además la obligación de los comercios al momento de entregar estos vehículos hacerlo con el correspondiente casco protector.

Los conductores de las bicimotos y motos eléctricas deberán ser mayores de 16 años, poseer una licencia de conducir y tener comprobante de Seguro Obligatorio (en el caso de la Moto Eléctrica, deberá estar cubierto por seguros de responsabilidad civil por eventuales daños que pudieran ocasionarse a terceros, transportados o no; en las mismas condiciones que rige para las motocicletas y Cuatriciclos).
 
 
 

El proyecto presenta además una serie de prohibiciones. La ordenanza en principio prohibiría:

- Conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir. Conducir con una alcoholemia superior a 200 miligramos por litro de sangre.

- A los vehículos, circular a contramano.

- Disminuir arbitraria y bruscamente la velocidad, realizar movimientos zigzagueantes o maniobras caprichosas e intempestivas.

- Obstruir el paso legítimo de peatones u otros vehículos en una bocacalle, avanzando sobre ella, aun con derecho a hacerlo, si del otro lado de la encrucijada no hay espacio suficiente que permita su despeje.

- Conducir a una distancia del vehículo que lo precede, menor de la prudente, de acuerdo a la velocidad de marcha.

- Circular asidos de otros vehículos o enfilados inmediatamente tras otros automotores.

- Circular con vehículos que emitan gases, humos, ruidos, radiaciones u otras emanaciones contaminantes del ambiente, que excedan los límites reglamentarios.

- Conducir utilizando auriculares y sistemas de comunicación de operación manual continua.

Si la ordenanza es finalmente aprobada, los titulares tendrán un plazo de 90 días para registrarse y la Municipalidad tendrá el mismo plazo para establecer la reglamentación adecuada para la ordenanza

 

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