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El juez Bibel confirmó que Camuzzi deberá refacturar y no podrá cortar suministros

A la empresa se les impone que la liquidación se retrotraiga al 1º de marzo de 2014 y, además, deberá otorgar un crédito en metros cúbicos a quienes ya pagaron.
miércoles, 10 de septiembre de 2014 · 16:25

NECOCHEA (Cuatro Vientos) – El amparo que rige desde este martes 09/09, dejando suspendido la aplicación del aumento de gas que aplicó por decreto ENARGAS, "se trata de una asociación que encuadra perfectamente en lo que establece los artículos 42 y 43 de la Constitución Nacional", explicó el juez Bernardo Bibel en comunicación con el programa de Jorge Gómez, "Voces de la Ciudad”.

En ese contexto, el magistrado indicó que "los usuarios y consumidores, se ven representados por una asociación debidamente registrada que ha acreditado que el impacto tarifario en el servicio de gas de red domiciliaria del distrito de Necochea solamente, se les ha hecho lugar en cuanto a la medida cautelar, de suspender el cobro de acuerdo a la forma en que se habían hecho estas liquidaciones”.

De esta manera y tras el pedido de amparo que firmó el concejal del Frente Renovador Necochea, Facundo López en conjunto con la Liga de Amas de Casa, desembocó en que la prestataria, Camuzzi Gas Pampeana, suspendiera este martes la aplicación del nuevo cuadro tarifario, en "una medida cautelar que rige para todos aquellos ciudadanos que se ven alcanzados por la misma situación a partir del día del dictado de la medida que es el día de ayer”, aclaró el juez.

En ese sentido, Bibel destacó que este proceso "es un juicio iniciado a un ente privado que tiene una concesión estatal de un servicio publico, por lo tanto se hizo el planteo ante los organismos de regulación del Estado nacional y por eso se ordena, justamente, la no aplicación de dos resoluciones; de ENARGAS y de la Secretaría de Energía”.

De esta manera, la empresa deberá retrotraer todas las tarifas, refacturar todos los pedidos y aquellos usuarios que pagaron les quedará un crédito a favor para las próximas facturaciones.

"A medida de que la empresa tome conocimiento de que rige la medida, va a tener que readecuar el sistema de liquidación tarifaria de quienes ya los hizo, de quienes tengan que pagar o de quienes tengan que facturar nuevamente. Es decir, se les impone un cuadro temporalmente hasta que después se decida el fondo de la cuestión que rige un cuadro tarifario idéntico al que regía el 1º de marzo de 2014”, señaló el juez confirmando lo adelantado por el concejal López.

Además, explicó que la empresa no podrá cortar el suministro a quienes no abonaron el importe de las facturas emitidas desde abril "porque el juzgado resolvió imponerle a la empresa que se abstenga de efectuar cualquier tipo de corte del suministro de gas de red domiciliaria porque los motivos que están rigiendo”.

En este lapso ya hubo pagos con la nueva tarifa, así que la empresa "tendrá que otorgar un crédito en metros cúbicos o en definitiva refacturará y tomará a cuenta parte de lo que se haya hecho o en definitiva, si se hace un determinado descuento, contará con que algo que ya pagó le quedará a su favor”, expresó.

"Hay cuestiones administrativas que tienen que ver con cada caso en particular, pero a lo que a ellos se les impone es que la liquidación se retrotrae al 1º de marzo de 2014 y es el porcentaje por metro cúbico, ese valor por metro se debe pagar al día 1º de marzo de 2014, de acuerdo a eso la empresa se tiene que regir y abstener de cualquier otra situación”, cerró el juez Bernardo Bibel.

 

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