LUZ Y GAS

Tarifas: Entre la zona fría y el fallo que limita a la UPC

La decisión del gobierno de poner un tope al aumento de las tarifas del gas va acompañado de un fallo de un juzgadod e La Plata que detiene los aumentos de la luz. Queda en pie el interrogante de si Necochea será incluída dentro de la "zona fría"
jueves, 2 de junio de 2016 · 16:07

NECOCHEA (Cuatro Vientos) - La reducción del aumento que preve el gobierno nacional y que anunciará en los próximos días (basicamente un tope al incremento del 400% para domicilios y 500% para Pymes, hoteles y comercios) abrió ahora un nuevo interrogante acerca de qué es lo que hará la comuna en el nuevo panorama.

El intendente Facundo López había pedido la semana pasada al ministro de Energía Juan José Aranguren que Necochea fuera incluída dentro de la zona fría, lo que reduciría los aumentos en un 50%, dado que para las zonas frías la tarifa ya de por sí es menor que la que actualmente se factura en el distrito.

Con esa posibilidad todavía abierta, el aumento que inicialmente iba a llevar las tarifas a pagarse hasta un 2000%, quedaría reducido significativamente, un aumento que, aunque es fuerte es mucho más accesible a la media.

Por ahora se espera que la comuna haga alguna clase de anuncio luego de recibir oficialmente la comunicación del gobierno nacional. En realidad la decisión del gobierno de reducir el aumento impuesto y dar marcha atrás aún no ha sido oficializada, por lo que las reacciones para el nuevo curso de acción todavía no están definidas.

Por otra parte, resta resolver la situación del amparo presentado en 2014 que sigue vigente para algunos casos. La ex directora de la OMIC, Silvia Jensen, sigue con atención el tema de las tarifas y asegura que "si se llegara a caer la cautelar, Camuzzi podría reclamar en retroactivo todo lo que pagamos de menos". De cualquier manera, la ex funcionaria asegura que hay recursos para contrarrestar ese argumento dado que Camuzzi no ha cumplido con sus planes de inversión.

En diálogo con Pacho Armanelli esta mañana (2-06) por FM Cooperativa Jensen explicó que también está abierto un frente en las tarifas de energía eléctrica. "Ahora lo que hay es una lluvia de amparos: hay un juez de La Plata con respecto a la luz y hasta ahora, que yo tenga conocimiento, no ha habido ningún tipo de apelación ni la cámara lo rechazó ni nada, así que tienen que volver al cuadro tarifario del año anterior y a quien haya pagado le tendrán que hacer la retribución del dinero", explicó.

A lo que se refiere Jensen es a la medida cautelar dispuesta por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata, a cargo de Luis Federico Arias, por  la cual se suspendió el aumento de tarifas de energía eléctrica en la provincia de Buenos Aires, donde presta servicio las distribuidora EDELAP, EDES SA, EDEA SA y EDEN SA.

"Esto es una medida cautelar, puede ser suspendida por el mismo juez, es una medida preliminar", explicó Arias al portal La Tecla. El fallo indica que se suspende "la aplicación de los nuevos cuadros tarifarios para la distribución del servicio público de energía, autorizados mediante Resolución N° 22 del Ministerio de Infraestructura y Servicios públicos de la Provincia”.
 
En ese contexto, la ex funcionaria desmintió al presidente de la Usina Popular Cooperativa, Antonio Vilchez, por sus declaraciones en los medios negando que esa cautelar dictada en la noche del martes 31-05 se aplique a la Usina. "El presidente de la Usina salió rapidamente a decir que este fallo no le tocaba a las cooperativas, cosa que no es verdad", lanzó Jensen.


"Lo que pasa es que en el fallo no dice especificamente las distribuidoras municipales pero dice las distribuidoras  EDES, EDEA, EDEN y EDELAP"
, explicó Jensen y agregó que "EDEA es la distribuidora de la zona atlántica y de EDEA sacamos nuestro cuadro tarifario: el cuadro tarifario que usamos en la cooperativa eléctrica es de EDEA". "Y si EDEA modifica el cuadro tarifario como dice el fallo, la cooperativa lo tiene que modificar", comentó. 

En el fallo de La Plata se "solicita se ordene a las empresas demandadas a abstenerse de aplicar la nueva tarifa a los usuarios del servicio público, efectuar una nueva liquidación y emitir nuevas facturas o, para el caso en que la nueva facturación no fuera emitida antes de los sucesivos y periódicos vencimientos, que la empresa admita el pago del servicio según el cuadro tarifario vigente con anterioridad al incremento establecido, sin que ello implique la alteración o interrupción del servicio”.

El dictamen alega que la resolución del Ministerio de Infraestructura "vulnera el principio de participación ciudadana en los términos del art. 42 de la CN, es decir, se traduce en una manifiesta lesión a derechos de incidencia colectiva de carácter individual homogéneo, al cercenar la posibilidad de que los individuos que conforman la sociedad se expresen e interpongan impugnaciones previas al aumento tarifario del servicio público, el cual resulta superior al 100%"

"Por lo que los usuarios se ven forzados a pagar en forma desproporcionada una tarifa de la que no han tenido, como ciudadanos consumidores, posibilidad de ser escuchados, conduciendo a un perjuicio económico desproporcionado e injustificado para todos los ciudadanos de la Provincia”. 

 

 

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