PARQUE EÓLICO

Necochea y los molinos de viento II: Momentos para la duda razonable

El HCD estudia el convenio presentado por el Ejecutivo para que Centrales de la Costa pueda instalar el Parque Eòlico en Campo Cipriano. La duda razonable la presenta Maximiliano Cantoni contraponièndose al mote de "la ciudad del no".
martes, 16 de agosto de 2016 · 10:09
Pasa algo muy loco, quedamos de un lado incomodo, ellas/os defendiendo las energías renovables, siendo abanderados/as de las energías limpias, en contra de la contaminación. Me suena muy raro, me hace acordar a la fábula del lobo con piel de cordero. No hace falta aclararlo pero creo pertinente hacerlo: no estoy en contra de la energía eólica, la creo un paso adelante para modificar la matriz energética del país pero nuevamente las formas, lo que no se dice, lo que se cubre enturbia la situación y una acción valorable levanta sospechas de ser un negocio que se pinta de verde y lo único que importa son las ganancias de la empresa.  

Quieren encasillarnos del lado de la ciudad del NO. Cuando lo que se reclama no es más ni menos que la instalación del parque eólico sea respetando el espacio público, con gestión y adjudicación trasparente y con un acorde beneficio económico para el municipio. Nada de otro mundo y como está planteada la situación no quedan tan claro. 

Seguramente se va a aprobar el convenio firmado por el gobierno comunal con la empresa Centrales de la Costa Atlántica S.A. (CCA). Posibles acuerdos entre bloques del concejo, favor con favor se pagaría. Todos felices, principalmente del lado de la empresa. Hay muchas cosas que se dijeron para justificar lo positivo del acuerdo, trataré de dar una visión sobre los argumentos esgrimidos. 

Argumento 1: Centrales de la Costa Atlántica S.A. es una empresa estatal, el 99% del capital al Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires, eso lavaría de culpa y cargo a la empresa y le debemos abrir las puertas de par en par, ¿Cómo no si es el Estado? 

Para desilusionar a algunos/as que las acciones sean de un ministerio no hace que sea una Sociedad del Estado (conocidas con la terminación S.E.) o una Empresa del Estado, como bien lo reafirma su nombre es una Sociedad Anónima (S.A.), no es una sociedad pública, la información es confidencial y no tiene las mismas normas ni órganos de control que el Estado. La sociedad anónima con participación estatal mayoritaria (SAPEM), como en este caso, se inscribe como sujeto de derecho diferenciado de la Nación, una provincia o una municipalidad, más allá de la intervención de éstas como socios, su objetivo no es el bienestar social ni nada por el estilo, su objetivo es la obtención de lucro y maximizar la ganancia.  

Entonces este argumento no le pone un aura benévola ni impoluta, aunque así lo fuera el Estado muchas veces toma medidas arbitrarias que deben ser controladas y cuestionadas. 

Argumento 2: No se le entrega las tierras gratis sino se le cobra un canon anual de 56.400 dólares. No me voy a meter en la discusión de si ese es el lugar indicado para el emprendimiento, no tengo las herramientas técnicas para hacerlo. Lo que sí me parece acorde indicar, es la racionalidad del canon, que el Estado Municipal no termine siendo el socio bobo, que sepa cotizar las tierras y contemple el costo de oportunidad, juegue sus cartas y pueda así engrosar sus alicaídas arcas. Recaudar donde más recursos puede existir y no por la multa a la motito del pibe (que es mucho más fácil). 

Creo conveniente hacer la comparación de lo adecuado o no del canon en base a los márgenes de ganancia de la empresa y al precio del predio.  

Hay varios aspectos a tener en cuenta. En el parque eólico se piensa instalar una potencia de 42 megawatt, que significa el máximo que puede dar en la mejor hora en relación a la velocidad del viento. Sabemos que el principal problema de esta energía es la inconstancia de la misma, que el viento tenga una velocidad variable hace que no se aproveche la capacidad instalada todo el tiempo que se quisiera.  

Por otro lado actualmente el precio de la energía eólica en el mercado argentino ronda los 100 dólares el megawatt hora (MWh). Tampoco hay que olvidar ni menospreciar el incentivo que el Estado Nacional le da a las empresas generadoras mediante el programa RenovAR, hasta el 2018 se le paga un 25% que lo que ofertó la empresa en la licitación, después hasta el 2020 un 15% más y hasta el 2025 un 10% más. Además se establece un factor de ajuste anual (siempre creciente) en el precio a percibir. ¿Serán los famosos planeros/as de los/as que tanto se habla? 
Con la salvedad de que no siempre se funciona al máximo la capacidad instalada por la variación del viento, podemos hacer una cuenta ilustrativa: sobre el precio de 100 dólares por MWh, en una hora trabajando con todo el potencial instalado la empresa tiene un ingreso de 4.200 dólares (los 42 MWh multiplicado por los 100 dólares de su precio), en 13 "buenas” horas la empresa con participación provincial llegaría a cubrir el costo del canon por las 158 hectáreas. Muy poco esfuerzo para un factor fundamental en el emprendimiento. Supongo que hay margen para mejorar los ingresos que el Municipio se apropie como socio fundamental. 

 Además, se espera de un municipio astuto que el canon tenga los mecanismos establecidos para que se ajuste por diferentes variables (precio reconocido a la empresa, inflación, etc.) así no se quede con el paso de tiempo con una porción cada vez más chica de la torta, ya de por si pequeña como viene planteada. 

Argumento 3: se genera trabajo con la instalación del parque, mano de obra en la construcción.  El efecto es efímero y escaso, el trabajo que se genera es en la primera etapa que como mucho en caso de implementarse será de un año, después no se genera trabajo. Igual importancia tiene la beneficencia de la empresa que extiende la sesión de dos hectáreas para el polideportivo municipal, daba escozor escuchar al secretario de obras públicas haciendo alarde del logro obtenido. No se puede tomar como serio estos argumentos, solo fuego de artificio para la tribuna y para tomarnos por crédulos/as. 

Extra: se cede el predio por un plazo de 30 años, igual plazo que tiene el programa de incentivos del gobierno Nacional, es decir, vivir a costa del Estado, cuando se van el subsidio público, se van los beneficios, entonces se va la empresa. Otra muestra más de quienes son los verdaderos planeros/as. 

Lo que queda latente es: ¿qué intereses están defendiendo los/as funcionarios/as públicos? El rol del arquitecto Ricardo Asiain deja muchas dudas, hasta ayer nomas se sentaba en la mesa de negociación con el departamento ejecutivo del lado de la empresa CCA (como demuestra la foto que acompaña la nota), hoy está del otro lado ¿no habría que aclarar la situación?
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