MOROSOS

Nuevos acuerdos para encontrar a los mayores deudores de tasas

La Municipalidad acaba de firmar dos convenios con el Ministerio de Economía de la provincia para perseguir deudores de tasas. El HCD rechazó el revalúo de propiedades establecido por la gobernadora.
viernes, 30 de septiembre de 2016 · 09:51

El intendente Facundo López mantuvo este jueves una importante reunión con el ministro de Economía de la Provincia de Buenos Aires, Hernán Lacunza, para firmar dos convenios entre la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad y el municipio.

Los acuerdos buscan brindar herramientas al municipio para poder salir a cobrarle a los deudores de tasas y mejorar el servicio a los vecinos. 

Por el primer acuerdo, que establece un diferimiento de los pagos, la comuna podrá solicitar servicios del Registro de la Propiedad y pagarlos recién cuando logre hacer efectivo el cobro de esas deudas. Esos datos son necesarios para que la Comuna realice el cobro de tasas municipales no abonadas, es decir, ir detrás de los deudores.

Como parte de ese primer convenio, la consulta vía web permitirá acelerar, ordenar y registrar las transacciones de información entre el Registro y el gobierno comunal. Este convenio tendrá una vigencia de dos años con renovación automática por períodos iguales.

El segundo convenio permite que el municipio sea un punto de inicio del trámite para todo vecino que quiera afectar su propiedad al "Régimen de Protección de Vivienda”. Este régimen, antes denominado "Bien de Familia” permite proteger a la vivienda familiar de la acción de terceros por deudas posteriores a su constitución.

Así, la municipalidad de Necochea podrá recibir la documentación pertinente y certificar los títulos de propiedad presentados por los interesados, facilitando el trámite de los vecinos que quieran realizarlo.

Participaron también de la firma, el Director Provincial de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Hugo Medina y La Directora Provincial del Registro de la Propiedad, María de La Paz Dessy.

Rechazo del revalúo

Mediante una resolución dictada en la sesión del HCD del jueves pasado (22-09) el cuerpoi deliberativo rechazó el revalúo de valores de tierras urbanas y suburbanas.
 
Este es el textod e la resolución: 
 
El Decreto 790/2016 firmado por la Gobernadora de la Pcia. De Buenos Aires, que se dispone en el marco del artículo 59 de la ley Nº 10707 y sus modificatorias, a través de la Agencia de Recaudación de la Pcia. De Buenos Aires (ARBA), se ponga en marcha la ejecución del recalculo de los valores de la tierra urbana y suburbana libre de mejoras y sus edificios, las mejoras rurales y las plantaciones.

El art. 59 de la Ley Nº 10.707 que establece. "Los valores unitarios básicos del suelo y de las accesiones serán calculados por la Agencia de recaudación de la Provincia de Buenos Aires, sobre la base del estudio del mercado inmobiliario….”

El art.60 de la ley citada en el párrafo anterior expresa. "En oportunidad de practicarse la valuación general de los inmuebles de la Provincia a que alude el Articulo 57, el poder Ejecutivo constituirá dos (2) Comisiones Asesoras por cada Partido. Una de ellas, para la consideración de la valuación de la tierra urbana y suburbana libre de mejoras y la de los edificios. La otra para la consideración de la valuación de la tierra rural y sub – rural libre de mejoras: las de las mejoras rurales y la de las plantaciones.

Cada Comisión Asesora estará compuesto por: dos (2) representantes del Municipio respectivo (uno por el Departamento Ejecutivo y otro por el Honorable Concejo Deliberante), y uno por la Autoridad de aplicación, que presidirá la misma. Cuando la importancia y la magnitud de las tareas a cumplir así lo hagan aconsejable, podrá aumentarse el número de integrantes mediante la incorporación de miembros representativos de profesionales vinculados a actividades inmobiliarias; y

CONSIDERANDO:-

Que las comisiones Asesoras que funcionen en cada partido de la Provincia, tendrán como objetivo la determinación de los valores básicos unitarios (del m2) de la tierra libre de mejoras, para determinar el valor del lote, reflejando lo más fielmente posible la realidad local y los valores venales vigentes;

Que en los Municipios en los cuales no se ponga en marcha el trabajo de las comisiones, el Decreto 790/2016, deja claro que se consideran aceptados los valores propuestos por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires;

Que a los valores de la tierra le serán incorporados el componente del valor del m2 edificado con el objeto de determinar las nuevas valuaciones fiscales actualizadas que regirán a partir del próximo año;

Que la última vez que hubo un revaluó de este tipo, fue en el año 2005.aplicado a partir del año 2007. Y si se pretendiera actualizar los valores, sin tener en cuenta un grado de razonabilidad y gradualidad, se podría transformar en valores impagables;

Que aumentos desmedidos podrían dar lugar a planteos, como en el caso de los servicios, de irracionabilidad, desproporcionalidad y falta de gradualidad;

Que como dijera el Dr. Rosati, en el fallo sobre el tema de las tarifas de los servicios; "no deben guiarse por porcentajes, sino por la capacidad de pago de los ciudadanos;”

Que la presión tributaria tiene un límite, y cuando se traspone ese umbral, todo exceso produce retroceso recaudatorio;

Que tenemos información que en algunos distrititos de la provincia los representantes de ARBA, han planteado incrementos de 100 y hasta 1500 % de las valuaciones de los terrenos y edificios;

Que el correlato más inmediato de este revaluó, será la base imponible para el impuesto inmobiliario, el impuesto de sellos de las escrituras, el impuesto a los bienes personales, el impuesto nacional a la trasmisión de inmuebles (ITI) y en algunos distritos como el nuestro para el cálculo de la Tasa de Alumbrado, Barrido y Conservación de la Vía Publica;

R E S O L U C I O N Nº 2503/16

ARTÍCULO 1º:- Ante cualquier tipo de revalúo fiscal de los valores de la tierra urbana y suburbana libre de mejoras y sus edificios; las mejoras rurales y las plantaciones que no guarde razonabilidad, proporcionalidad, gradualidad y que no tenga en cuenta la capacidad contributiva de los ciudadanos este Honorable Concejo Deliberante expresa su postura de rechazo.

ARTÍCULO 2º:- Comunicar a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, a los Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires, al Departamento Ejecutivo Municipal y a los medios de comunicación.

ARTICULO 3º:- Comuníquese al Departamento Ejecutivo y demás. 

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Deliberante en la ciudad de Necochea, en Sesión Ordinaria realizada a los veintidós días del mes de septiembre, de dos mil dieciséis.

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