SE EXPIDIÓ LA JUSTICIA

La Justicia desestimó la contravención por el topless

Como juez contravencional de feria, el Dr. Mario Juliano desestimó que el caso del topless en el Kabryl representara una falta. Además pidió a la Legislatura Bonaerense que revise el Cógido de Faltas y reclamó a la policía que evite actuar en casos similares.
miércoles, 1 de febrero de 2017 · 13:35

Por el escándalo del topless en la playa necochense, con un operativo policial desmedido para tres mujeres sin corpiño, las opiniones quedaron divididas y el debate fue planteado en medios nacionales e internacionales.

Una reciente encuesta realizada en las redes sociales dió cuenta de que la opinión de la gente se inclinó en contra del topless aunque no fue así en el caso de la Justicia.

Una resolución del  Juez Contravencional de feria, Mario Juliano, desestimó que el caso represente una contravención y ordenó archivar la cuestión.

"Es una resolución judicial porque la policía elevó las actuaciones y yo hasta ayer estuve como juez de feria y como juez de feria tenía que decir algo sobre la cuestión", dijo el magistrado a Cuatro Vientos.

En su resolusión Juliano establece tres puntos. "Lo primero es decir que las actuaciones por este episodio hay que archivarlo ya que los hechos, desde mi perspectiva, no tienen relevancia legal, no tienen relevancia contravencional para iniciar ningún tipo de acción", sostuvo Juliano.

 

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Agregó que "para esto me baso en dos temas: pimero que la norma que sancionaría esta conducta (artículo 70 del código de faltas) que sanciona a los actos obscenos que afecten la decencia pública y lo que yo digo es que es materialmente imposible dirimir qué es un acto obsceno y qué es la decencia pública". "En consecuencia, ningún ciudadano o ciudadana está en condiciones de saber qué es lo punible y lo no punible", sostuvo.

Al estar librado a la interpretación subjetiva de cada uno, "esto no representa ninguna seguridad jurídica", aclaró para sostener su razonamiento.

Por otro lado, el juez sostuvo que "los magistrados solo podemos intervenir en los actos que afecten a terceras personas (el principio de lesividad) y desde mi punto de vista este acto no afecta a terceras personas porque esas terceras personas tienen la posibilidad de mirar para otro lado, de correrse un par de metros... evitarlo". "Todo esto, por supuesto, es completamente subjetivo y en tal caso, ante la duda sobre si esto es lesivo o no lesivo yo me tengo que inclinar por aquella posición que sea más beneficiosa para el ejercicio de los derechos, no puedo restringir derechos".

"Esto es un precedente aunque no significa que todos los jueces tengan que opinar como yo, si le tocara a otro juez habría que ver. Yo resuelvo casos particulares, no dicto leyes", aclaró.

Precisamente por la enorme repercusión pública que tomó el episodio es que el juez decidió "reclamar a la Legislatura Bonaerense que analizara la reforma del Código de Faltas en general porque normas como esta hay muchísimas y particularmente la de exhibiciones obscenas".

Además, el magistrado decidió "reclamar a las fuerzas policiales que ante la previsible ocurrencia de otros episodios similares o de este tipo como las manifestaciones que se han anunciado (Ndel R: "Tetazo") traten por todos los medios de tener una actitud mediadora que posibilite el ejercicio de los derechos , que evite los conflictos y eventualmente los actos de violencia y que solo recurra a los medios cohercitivos cuando no existiera otro remedio. Que basicamente sea una policía pacificadora".

Por lo pronto para el 7 de febrero se plantea un "tetazo" en distintas ciudades del país que tendrá seguramente sus repercusiones en nuestra ciudad, donde se dió el episodio que dió origen a la protesta.

 

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