ENTENDIMIENTO

¿Qué dice el acuerdo que firmó López en Marruecos?

lunes, 23 de abril de 2018 · 14:16

El intendente de Necochea, Facundo López, y el alcalde de Tánger, El Bachir Abdellaoui, firmaron un acuerdo de entendimiento entre las dos ciudades "con la intención de estrechar la amistad entre ambas Ciudades para reforzar la relación bilateral entre el Reino de Marruecos y la República Argentina".

Tánger es una ciudad portuaria con 2 millones de habitantes, por lo que nuestra ciudad podría nutrirse de la experiencia adquirida a lo largo de los años por la ciudad africana. 

El texto del "Memorandum de entendimiento entre la ciudad de Tánger y la Ciudad de Necochea" señala las caraterísticas básicas siguiendo cuatro artículos principales. Este es el texto completo del documento:

La ciudad de Tánger, Reino de Marruecos, y la ciudad de Necochea, República Argentina en lo sucesivo denominadas las partes:

Con la intención de estrechar la amistad entre ambas Ciudades para reforzar la relación bilateral entre el Reino de Marruecos y la República Argentina.

Con el objeto de promover la cooperación entre las Partes, sobre la base de los principios de igualdad, confianza y beneficio mutuo en una relación a largo plazo.

Han acordado establecer el presente acuerdo entre ambas ciudades sujeto a las siguientes disposiciones:

Artículo I

Las Partes promoverán mutuas relaciones de amistad y cooperación, fomentarán y desarrollarán el acercamiento y respeto mutuo entre los pueblos de ambas comunas.

Artículo II

Las partes promoverán acciones tendientes a la cooperación mutua en las siguientes áreas: Administración Municipal, Educación y Cultura; Deporte; Economía; Turismo y otras áreas que se identifiquen como de interés común.

Artículo III

A los efectos de instrumentar las medidas de cooperación mencionadas, las Partes suscribirán los acuerdos complementarios que resulten necesarios.

Artículo IV

El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su firma y tendrá una duración por tiempo indeterminado. Cualquiera de las Partes podrá denunciar el presente acuerdo cuando lo estime necesario, comunicando su decisión a la otra Parte en forma expresa, con una anticipación mínima de seis meses a la fecha de terminación.

 

5%
Satisfacción
30%
Esperanza
30%
Bronca
7%
Tristeza
12%
Incertidumbre
14%
Indiferencia

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