PLANTA DE FERTILIZANTES

Obra parada: Señalan que en Sitios 11 y 12 hay una obra clandestina

domingo, 3 de junio de 2018 · 12:17

El pasao miércoles 30-05 el Juzgado Contencioso Administrativo de Necochea concedió la medida cautelar solicitada por la ONG ambientalista Surfrider para que se detuvieran los trabajos en sitios 11 y 12 de Puerto Quequén, donde la concesionaria Pier Doce S.A. intenta instalar una planta de acopio de fertilizantes.

La medida cautelar se encuentra enmarcada en una demanda que lleva adelante la ONG para prevenir los daños ambientales que produciría la obra si no se da cumplimiento a una serie de condicionantes que impuso el Organismo Provincial de Desarrollo Sostenible (OPDS) para considerar el proyecto ambientalmente apto. Las pruebas que señalan los distintos incumplimientos de esos condicionantes permitieron que la medida cautelar estuviera justificada. 

"La obra no debería haber arrancado y arrancó", señaló Juan Pablo Molina, abogado de Surfrider, que movilizó la acción preventiva de la justicia. 

"Como estaba avanzandola obra, cerraron calles, abrieron otras, alambraron (está restringido el acceso para nosotros ahora), dijimos que había que hacer algo entonces. Con la gente de Surfrider de La Plata y Mar del Plata tuvimos algunas reuniones y presentamos la demanda con la cautelar", contó en diálogo con Casi Nada de Todo (Kraken 90.5 Mhz).

Aunque en una primera instancia el juez en lo Contencioso Administrativo intentó desestimar su competencia en el caso, luego de varias idas y venidas en las que el abogado consiguió recabar pruebas de los incumplimientos del concesionario para ejecutar la obra, la cautelar salió y la obra fue paralizada.

Molina advirtió además que al respecto de la obra también hay una denuncia penal iniciada en la UFI Nº 2, debido a que se encontraron elementos contaminantes en el suelo removido, algo que también representaba un escollo para el permiso ambiental.

"En sí hay varios incumplimientos y por ahí hay desinformación también porque se ha asentado mucho en lo que dictamina el OPDS y el OPDS es un organismo más dentro de la provincia. Acá hay varios factores: tiene que estar la Secretaría de los puertos, tiene que intervenir la Secretaría de Energía dependiente del Ministerio de Producción... no intervino ninguno". En el expediente de la obra no hay acreditación de que estos organismos hayan tomado acción alguna hasta el momento.

Molina aseguró que, por su propia ley constitutiva, lo que debe hacer el CGPQ es controlar la obra. "La ley del Puerto dice que tiene que fiscalizar la obra: Consorcio, usted hizo la licitación, usted controle", sostuvo el abogado. "Por eso es un poco raro todo porque lo que ellos tienen que hacer es controlar, junto con el OPDS, junto con la Secretaría de Actividades Portuarias, junto con la Municipalidad, todos...".

El letrado señaló una llave clave de los argumentos ambientalistas para detener la obra. Señalando la octava observación final de la resolución 350/15 del OPDS (que determinó los condicionantes), Molina citó textualmente: "El incumplimiento injustificado de los condicionantes dará por decaída la presente autorización".

En virtud de todo lo que expresó, Molina consideró que "no hay acá declaración de impacto ambiental, esto se cayó porque los condicionantes no están cumplidos". "Lo que nosotros vemos es que están trabajando clandestinamente. Esto es clandestino, si no tenés los permisos es clandestino", agregó.

60%
Satisfacción
10%
Esperanza
17%
Bronca
10%
Tristeza
0%
Incertidumbre
0%
Indiferencia

Comentarios

Otras Noticias