Este viernes 8-06 se dió a conocer finalmente la sentencia firme sobre César Villanueva, de 36 años, hallado culpable del femicidio de Adriana del Valle Caballero, ocurrido el 20 de noviembre de 2016.
El jurado encontró culpable a Villanueva el pasado 9 de mayo y la sentencia se conoció un mes después. este jueves 7 de junio, cuando el presidente del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1, el juez Mario Alberto Juliano, determinó la prisión perpetua para Villanueva, aunque con una consideración importante.
En el texto de la sentencia, el juez Juliano, de reconocida posición antipunitivista, a través de 9 párrafos enunció algunas consideraciones teniendo en cuenta su interpretación de que la pena de prisión perpetua es de carácter inconstitucional.
Juliano expresó su posición acerca de declarar la inconstitucionalidad de la prisión perpetua, a sabiendas de que una revisión de la condena revocaría su fallo. "Declarar la inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua solamente serviría para tranquilizar mi conciencia, ya que soy conocedor que carece de efectos prácticos frente a una segura revocación de mi decisión por la instancia revisora", escribió el juez.
"Sumo a esto el mandato implícito de los jurados, que de modo unánime se ha pronunciado por la condena del imputado, pronunciamiento que, por otra parte, coincido", agregó.
De esa manera, Juliano señaló que "consecuentemente, por primera vez en los veinte años que llevo como juez, voy a imponer la pena de prisión perpetua al señor César Raúl Villanueva". "Pero entiendo que existe una posibilidad de compatibilizar la imposición de una pena de esta índole con los reparos que me merece su naturaleza: ordenar que dentro de veinte años se revise si continúa siendo útil, necesario y conveniente mantener al condenado privado de la libertad", agregó.
La primer condena a prisión perpetua de Juliano es a la vez la primer condena de ese tenor por un femicidio en Necochea (homicidio agravado por el vínculo y por ser cometido por un hombre a una mujer mediando la violencia de género). A la vez, nuevas consideraciones sobre la condena ordenada por el juez se realizarán dentro de 20 años para que "se revise la pertinencia, utilidad, necesidad y conveniencia de mantener la pena impuesta (artículos 18 Constitución nacional, 16 Convención contra la Tortura y 110 Estatuto de Roma)".