5 cuestiones del juez Mario Juliano sobre el cannabis

miércoles, 15 de mayo de 2019 · 09:59

El juez penal de Necochea, Dr. Mario Juliano, es reconocido por elevar su voz en algunas cuestiones por las que generalmente los miembros del Poder Judicial evitan posicionarse, como es el tema de la legalización de los usos del cannabis.

A través de su cuenta de Facebook, el juez necochense presentó una lista de cinco cuestiones alrededor del cannabis que debieran ser consideradas, sobre todos por las fuerzas de seguridad, ante casos evetuales de tenencia de esta sustancia para consumo personal:

La crónica policial necochense indica que este fin de semana detuvieron a dos personas, entre varias otras.

La primera transitaba una zona urbana de la ciudad y fue interceptado por personal policial que al revisar sus prendas encontró un envoltorio conteniendo dos flores de marihuana

La segunda se llevó a cabo en Quequén y, también, al revisar al individuo se le encontró entre sus prendas otro envoltorio de nylon con una escasa cantidad de picadura de marihuana.

Habitualmente abordo estos temas desde la ironía, ya que pavadas semejantes no pueden ser tomadas de otra manera. Pero en esta oportunidad lo voy a hacer seriamente, ya que sé qué hay integrantes de las fuerzas de seguridad, buenas personas, que me leen y que quizá puedan cuestionarse.

Primera cuestión. Estos son procedimientos basados en la apariencia, el aspecto físico de las personas, sus vestimentas. La ley prohíbe interceptar a los individuos por esas razones. No de otra manera se le pudieron encontrar la marihuana en su poder, como no sea que tengan rayos x.

Segunda cuestión. Si por algún motivo conocían que tenían esa escasa cantidad de marihuana en su poder, de ninguna manera estaban obligados a actuar. Como no sea que exista una directiva superior de hacer ese tipo de procedimientos, que sería muy cuestionable. De todos modos, arriba del móvil no va el jefe de la dependencia y actuar o no queda librado al criterio de quién interviene.

Tercera cuestión. Es ilegal requisar a las personas sin orden judicial, salvo razones de urgencia y necesidad, que no parecen ser estas.

Cuarta cuestión. Estos son procedimientos exclusivamente destinados a la estadística ya que tengo la seguridad que ningún juez o jueza seguiría adelante con una causa de esta índole y todas terminan en el archivo. No porque los jueces sean abolicionistas, sino porque la Corte viene diciendo hace más de 30 años que la tenencia de estupefacientes para consumo personal no es punible.

Quinta cuestión. Insistir con estos procedimientos, claramente discriminatorios, restringiendo innecesariamente la libertad de las personas, constituye una dilapidación de recursos públicos escasos y distrae a las fuerzas-l de seguridad de otros temas importantes, que realmente reclama la ciudadanía.

Muchas gracias por la atención que me pudieran prestar

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