Levantaron la feria judicial extraordinaria en el Juzgado Federal de Necochea

martes, 28 de julio de 2020 · 10:55

Por medio de la Acordada 29, publicada en el Boletín Oficial del 27/07/20, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso el levantamiento de la feria judicial extraordinaria dispuesta respecto del Juzgado Federal de Necochea. La acordada tendrá efectos a partir del día siguiente a la suscripción de la presente.

Así, se mantendrán las amplias facultades de superintendencia que la Corte ha concedido a aquellas autoridades para adoptar, en el ámbito de sus propios fueros o jurisdicciones, las acciones pertinentes a fin de que su actuación se cumpla de acuerdo a las previsiones dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional y por las autoridades locales y para adecuar el funcionamiento de los tribunales de forma de garantizar la prestación del servicio de justicia, arbitrando las medidas que tiendan a la protección de la salud del personal -conf. punto resolutivo 3° de la acordada 6/2020 y 4° de la acordada 13/2020-.

Las mencionadas autoridades dispondrán las acciones y protocolos correspondientes para mantener las medidas preventivas establecidas por las autoridades nacionales, provinciales y por esta Corte en las acordadas dictadas a lo largo de la pandemia.

También se facultó, de manera excepcional por razones de inmediatez y celeridad, a la cámara federal involucrada, a disponer una nueva feria extraordinaria, si así lo aconsejaran razones epidemiológicas y sanitarias.

La medida dispuesta deberá ser inmediatamente informada a esta Corte para su ratificación.

Asimismo se ordenó que todo el personal judicial que concurra a los tribunales y dependencias para prestar servicios deberá adoptar todas las medidas de prevención, higiene, movilidad y transporte emanadas de las autoridades competentes en el respectivo ámbito.

Por último de mantienen las licencias excepcionales a favor de aquellos magistrados, funcionarios y empleados que integren los grupos de riesgo y otros casos excepcionales.

En ese sentido, las licencias serán otorgadas al solo fin de evitar la presencia física del referido personal judicial en sus ámbitos de trabajo, el que prestará servicios desde sus lugares de aislamiento o en forma remota, y sin que ello afecte la validez de todos los actos que cumplan.

Respecto de los magistrados y funcionarios, regirá lo dispuesto en la acordada 12/2020 en cuanto a la posibilidad de recurrir a la utilización de la firma electrónica o digital para los actos que deban ser suscriptos por ellos y a la realización de acuerdos no presenciales.

Comentarios

Otras Noticias