CULTIVADOR

Buscaban una moto y le encontraron una plantita

Un joven quequenense de 22 años resultó detenido durante un allanamiento que investigaba el robo de una moto. La moto no apareció, pero la policía se lo llevó porque tenía una planta de marihuana.
miércoles, 9 de abril de 2014 · 11:35
NECOCHEA (Cuatro Vientos) - Policías de la Comisaría Segunda de Quequén investigaban el robo de una moto que había sucedido el sábado pasado. 

Cuando iniciaron un allanamiento con orden judicial en una casa de Quequén, en 538 al 1600, la policía no encontró nada relacionado con la causa, sin embargo, se encontró con una planta de marihuana de casi dos generosos metros de alto.

Así fue que la policía se llevó detenido al dueño de casa, de 22 años de edad y le secuestró la planta. Se le instruyeron actuaciones por Infracción a la Ley 23737 e interviene la UFI N° 3 de Necochea.

Precedentes

Sabido es en ámbitos judiciales y policiales que las causas por tenencia de marihuana o autocultivo generan más incomodidad en el sistema de justicia que soluciones reales al problema del narcotráfico. Ese argumento es uno de los más consistentes que usan los promotores de la despenalización de la marihuana para lograr que deje de penalizarse la tenencia para consumo personal.

Si bien la ley antidrogas (27237) castiga el autoabastecimiento de esa hierba con penas de entre cuatro y 15 años de prisión, uno de los más importantes precedentes en la Justicia con respecto a ese tema surgió a fines de 2012. 

En noviembre de ese año, la Cámara Federal de la La Plata dió un paso importante para los despenalizadores: con voto de la mayoría de sus jueces, declaró la inconstitucionalidad del artículo de la ley que castiga a quien siembre o cultive plantas o guarde semillas.

Los magistrados salvaron de la polémica ley a quienes cosechen marihuana para "consumo personal" por considerar que esa conducta se encuadra dentro del "ámbito de las acciones privadas protegidas por el artículo 19 de la Constitución Nacional".

Dicho artículo de la carta magna establece que "las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe".

 

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