LEGÍTIMA DEFENSA

Absolvieron al carnicero que mató por un kilo de milanesas

En 2014 la discusión por el pago de un kilo de milanesas en una carnicería de Mar del Plata terminó con el cliente muerto de dos balazos. El Tibunal decidió absolver al victimario.
viernes, 2 de septiembre de 2016 · 11:35

Sucedió en Mar del Plata en 2014: el hijo de un comerciante salió en defensa de su padre durante la discusión con un cliente por el pago de un kilo de milanesas y el episodio terminó con el cliente baleado. 

En las últimas horas los magistrados del Tribunal Oral en lo Criminal 4 dictaron la absolución de Carlos Alberto Eyherabide en orden al delito de homicidio agravado cometido en exceso de la legítima defensa.

El episodio se registró el 14 de junio de 2014 en una casa en Hernandarias al 3900, en la vecina ciudad de Mar del Plata: tras una discusión acerca del pago de un kilo de milanesas que Marcelo Barrios había encargado en la carnicería ubicada en Ortiz de Zárate esquina Tetamanti, el hijo del comerciante llegó al domicilio porque la víctima le dijo que lo acompañara para mostrarle el ticket.

Según comprobaron los jueces Gustavo Fissore, Jorge Peralta y Alfredo Deleonardis, en el interior del inmueble Barrios amenazó y golpeó a joven de 28 años antes de intentar agredirlo con un cuchillo, lo que provocó la reacción de defensa del joven.
 
Según declararon los testigos, Eyherabide intentó salir del lugar pero al encontrarse con la puerta cerrada y ante la situación que se vivía, extrajo un revólver calibre .22 y efectuó dos disparos para defenderse. Con heridas en una pierna y en el abdomen, la víctima fue trasladada de urgencia a un Centro de Salud municipal pero falleció poco después.

En la sentencia los magistrados indicaron que la participación del imputado nunca estuvo en duda, tal como adelantó en su alegato de apertura el abogado Raúl Ruiz. Sin embargo reconocieron que el imputado trató "aun cuando la agresión pasó de las palabras a los hechos”  rehuir de la confrontación y retirarse del lugar. De acuerdo a las pericias psiquiátricas expuestas en el debate,  el joven tuvo una pertubación de su conciencia y su accionar agresivo obedeció "a una vivencia aterrorizante en donde estaba expuesto con riesgo de muerte”.

Para el Tribunal "la situación encuadra dentro del llamado en doctrina error indirecto de prohibició, que comprende los casos en que el agente actúa bajo la falsa suposición de circunstancias que hacen a una situación objetiva de justifiación, erróneamente denomidada justifiación putativa toda vez que en realidad se trata de supuesto de inculpabilidad”.

Más allá del pedido de diez años y ocho meses de prisión solicitado por el fiscal Eduardo Amavet, los jueces absolvieron a Carlos Alberto Eyherabide por resultar inculpable en razón de haber actuado bajo error invencible de prohibición.
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