03/03/2026 - Edición Nº447

Necochea

Cambios en la subasta del Casino: ¿Cuáles serán las nuevas condiciones de venta que podrían introducir los concejales?

22/12/2025 |



El proyecto de subasta del Complejo Casino de Necochea parece que ha sido más una oportunidad del oficialismo de Nueva Necochea de aprovechar su mayoría en el Concejo Deliberante y el calendario que una decisión planificada y pautada por concensos en la comunidad: sobre el fin de año, y una semana antes que cambiara la composición del HCD, el secretario de Legal y Técnica del municipio, Ernesto Povilaitis, volvió a "meter por la ventana" su pretensión de llegar a vender el Complejo Casino mientras esté en funciones habilitando un fabuloso negocio inmobiliario con bienes públicos vendidos a precio de ganga.

Tal ha sido así que el proyecto de subasta se aprobó antes de hacerle consideraciones reales y ahora la subasta comienza a tomar otra forma, desvirtuando lo aprobado e imponiendo distintas condiciones que no fueron ni consideradas ni debatidas adecuadamente en el recinto del HCD cuando se aprobó todo. Entonces, esta semana comenzará a tratarse en comisiones de concejales una serie de modificaciones a varios artículos, que cambian sustancialmente el espíritu de la subasta ahora que ya está aprobada, lo que en definitiva representa prácticamente una nueva norma muy distinta a la original.

Las modificaciones en realidad siguen sin tocar el tema central, es decir, la falta de indicadores urbanísticos que permitirían tasar correctamente el inmueble. Sin esos indicadores es imposible determinar qué es lo que podría hacerse en el futuro en los terrenos a la venta y sin saber qué se puede proyectar y qué no, es imposible establecer una tasación certera. Para ese punto en particular no han habido modificaciones y el abogado de la Comuna puso en el contrato una cláusula comprometiendo al municipio a aprobar los indicadores cuando el gobierno provincial haga lo propio.

Desde luego, ese compromiso de "legislar a futuro" no está dentro de las atribuciones ni del Ejecutivo ni del Concejo Deliberante, por lo que todo el proceso podría quedar nulo si se llega a hacer una revisión de la cuestión como se supone que tendría que ser. En el artículo 25 del proyecto aprobado se estipula que en el futuro la Comuna debe aprobar los indicadores que apruebe la provincia, algo que ninguna autoridad puede hacer porque condiciona fuera de sus atribuciones a los concejales de futuras composiciones del cuerpo legislativo.

Lo que quieren cambiar

Sin tocar lo importante (la falta de indicadores urbanísticos para tasar el lugar), pero desvirtuando la propuesta original, el oficialismo ahora busca renegociar su proyecto con cuatro cambios centrales que deberán debatir los concejales de la nueva composición del cuerpo, que de cualqueir manera dan mayoría al oficialismo a través de una alianza entre libertarios y partidarios del intendente.

El expediente Nº 26538 propone una serie de cambios la Ordenanza Municipal Nº 12.009/25, que autoriza la venta por subasta pública del "Complejo Casino de Necochea". Estas modificaciones cambian los plazos, limitaciones y controles institucionales sobre el proceso de enajenación y el uso de los fondos resultantes de la venta.

Las modificaciones exactas son las siguientes:

1. Obligaciones del Comprador (Art. 8º). Se incorpora una obligación temporal crítica: el comprador debe iniciar las tareas de demolición y/o restauración de las edificaciones existentes en un plazo máximo de 180 días corridos desde la adquisición. El incumplimiento de este plazo provocará, de pleno derecho, la pérdida de la exención de tasas municipales otorgada por la ordenanza.

2. Control sobre la Cesión del Contrato (Art. 12º). Se modifica quién tiene la autoridad para autorizar la transferencia de los derechos del inmueble. Mientras que el proyecto original permitía la cesión del boleto de compraventa con autorización del Departamento Ejecutivo, la nueva modificación estipula que no se permitirá la cesión total o parcial del boleto sin la autorización expresa del Honorable Concejo Deliberante (HCD). También se ratifica la prohibición de la "compra en comisión".

3. Reducción y Restricción de Incentivos Fiscales (Art. 22º): Se introducen tres cambios significativos en el régimen de exenciones impositivas:

• Reducción del plazo: La exención del pago de toda tasa o gravamen municipal se reduce de 20 años (propuestos originalmente) a 15 años.

• Carácter personal: El beneficio es exclusivo para el comprador original y no podrá transferirse a terceros bajo ninguna modalidad.

• Uso limitado: La exención se limita únicamente a los usos de vivienda y comercio.

4. Nuevo Destino de los Fondos (Art. 23º): Esta es una de las modificaciones más profundas, ya que cambia el destino del dinero obtenido por la subasta:

• Fondo de Reparación Histórica: El 100% de lo recaudado se destinará a la creación del "Fondo de Reparación Histórica de Necochea", destinado exclusivamente a obras y servicios públicos dentro del distrito.

• Comisión de Seguimiento: Se crea una comisión especial integrada por un representante de cada uno de los bloques políticos del HCD. Esta comisión elaborará el listado de obras y servicios priorizados, el cual deberá ser aprobado por ordenanza del HCD antes de ser comunicado al Ejecutivo para su cumplimiento.

Estas modificaciones transformarían una venta de activos generales en un proyecto con plazos de obra obligatorios y un fondo de inversión pública controlado directamente por el poder legislativo local.

Dadas todas las desprolijidades e inconsistencias del proyecto (presentado más en una oportunidad política que en un plan de gestión), entre los vecinos hay un temor cierto a que el Complejo se venda a precio vil para luego quedar tapiado durante años hasta que se resuelvan temas administrativos. Por esa razón se propusieron algunos cambios que de cualquier manera siguen un camino inconducente dado que intentan una vez más comprometer actos de gobierno a futuro que no pueden ser impuestos por las autoridades por más normas y contratos que escriban los abogados municipales.