El Gobierno de la provincia de Buenos Aires introdujo cambios en el sistema de Policía Adicional (POLAD), el esquema que regula las horas extra de los efectivos de la Policía Bonaerense. La medida quedó establecida en el Decreto 99/26, publicado este martes en el Boletín Oficial, y modifica la reglamentación de la Ley 13.942 vigente desde 2022.
La norma, firmada por Axel Kicillof, incorpora dos cambios centrales: redefine qué licencias impiden realizar servicios adicionales y otorga nuevas facultades al Ministerio de Seguridad para modificar esas restricciones en el futuro.
La actualización normativa apunta a ordenar el régimen de horas extra policial, conocido como POLAD, que permite a los agentes prestar servicios adicionales de manera remunerada cuando se encuentran de franco.
Según el texto oficial, se busca una mayor precisión en las condiciones bajo las cuales un efectivo puede o no ser autorizado a realizar estos servicios especiales.
Hasta ahora, la reglamentación prohibía cumplir horas extra a los efectivos “en uso de cualquier tipo de licencia”. Con el nuevo decreto, esa prohibición se vuelve más detallada y enumera de forma explícita los casos en los que no se podrá prestar servicio de Policía Adicional.
De acuerdo con la nueva normativa, no podrán realizar POLAD quienes se encuentren con licencia por:
Enfermedad o accidente
Maternidad
Nacimiento de hijos
Adopción
Atención de familiares enfermos
Donación de órganos
Permiso por exámenes
El decreto establece que, durante esos períodos, el personal no podrá ser autorizado por el registro o sistema habilitado para prestar servicios especiales de Policía Adicional.
La segunda modificación introduce una novedad clave: el ministro de Seguridad queda habilitado para ampliar o modificar el listado de licencias que impiden realizar horas extra.
Actualmente, el cargo es ocupado por Javier Alonso, quien podrá:
“Establecer o modificar las licencias y permisos del personal durante cuyo goce no podrá autorizarse la prestación de servicios de Policía Adicional”.
En los hechos, esto implica que las restricciones ya no quedan fijas por ley, sino que podrán ajustarse mediante resoluciones administrativas, según el criterio del titular de la cartera de Seguridad.
Más allá de las modificaciones, el decreto ratifica varios puntos centrales del régimen de horas extra policial:
El registro voluntario para cubrir los servicios adicionales
La obligación de encontrarse de franco para prestar POLAD
El límite del 3% del costo total del servicio destinado a tareas de apoyatura
Estos puntos continúan vigentes tal como estaban establecidos en la reglamentación anterior.
La actualización del régimen de horas extra se da en un contexto de fuerte malestar interno por los salarios policiales. Días atrás, el propio ministro Alonso reconoció públicamente que los ingresos de los efectivos en sus primeros años de servicio resultan insuficientes.
“No alcanza”, admitió el funcionario al referirse a los haberes iniciales dentro de la fuerza.
En este escenario, fuentes oficiales estiman que alrededor de 30.000 policías bonaerenses complementan sus ingresos con otros trabajos, además de los servicios de Policía Adicional.
La modificación del régimen POLAD impacta de manera directa en la economía cotidiana de miles de agentes que dependen de las horas extra para completar sus ingresos mensuales. Al mismo tiempo, refuerza el control administrativo sobre quiénes pueden prestar estos servicios y bajo qué condiciones.
Con el Decreto 99/26, el Gobierno bonaerense avanza en una reforma puntual pero sensible dentro de la estructura laboral de la Policía, en medio de un contexto marcado por la crisis salarial y la necesidad de ordenar el sistema de adicionales.