El Gobierno nacional promulgó la reforma laboral aprobada por el Congreso y la normativa comenzó a regir oficialmente desde este viernes, tras su publicación en el Boletín Oficial mediante un decreto presidencial.
La nueva legislación, identificada como Ley 27.802 de “Modernización Laboral”, introduce cambios profundos en el régimen de trabajo en Argentina, con modificaciones en indemnizaciones por despido, jornada laboral, vacaciones, funcionamiento sindical y beneficios para la formalización del empleo.
La norma fue promulgada a través del Decreto 137/2026, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.
El decreto publicado en el Boletín Oficial establece:
“En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la Constitución Nacional, promúlgase la Ley Nº 27.802 sancionada por el Honorable Congreso de la Nación en su sesión del 27 de febrero de 2026”.
La legislación está compuesta por 25 capítulos y apunta a modificar distintos aspectos del sistema laboral argentino.
Entre los puntos centrales se destacan:
Cambios en indemnizaciones por despido
Nuevas reglas para jornadas laborales y horas extras
Reformas en vacaciones y licencias
Modificaciones en derechos colectivos y funcionamiento sindical
Incentivos para formalizar empleo no registrado
Beneficios fiscales para inversiones productivas
Según especialistas en derecho laboral, la mayor transformación se concentrará en el sistema de indemnizaciones y la organización de la jornada de trabajo.
Uno de los ejes más relevantes de la reforma es la modificación del cálculo de las indemnizaciones por despido, con el objetivo —según el Gobierno— de reducir la litigiosidad laboral y asegurar el pago de las compensaciones.
Entre los principales cambios:
Se excluyen del cálculo vacaciones, aguinaldo, propinas y premios.
Se establece un piso mínimo del 67% de la remuneración habitual.
Se fija un tope máximo equivalente a tres veces el salario promedio mensual del convenio colectivo correspondiente.
Además, la norma aclara que si la aplicación del tope reduce demasiado la base salarial, la disminución no podrá superar el 33%.
La nueva legislación también incorpora un sistema de pago en cuotas para indemnizaciones derivadas de sentencias judiciales.
Las condiciones serán diferentes según el tamaño de la empresa:
Grandes empresas: hasta 6 cuotas mensuales.
Pequeñas y medianas empresas (pymes): hasta 12 cuotas.
En paralelo, se establece que las indemnizaciones judiciales se actualizarán únicamente por inflación, con un interés adicional del 3% anual.
La reforma laboral también crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo destinado a garantizar el pago de las obligaciones vinculadas con la finalización del contrato de trabajo.
Según el artículo 58 de la ley, el fondo tendrá como objetivo asistir en el cumplimiento de indemnizaciones y otras obligaciones laborales.
El financiamiento se realizará mediante aportes obligatorios de las empresas:
1% mensual para grandes empresas
2,5% mensual para micro, pequeñas y medianas empresas
Otro de los puntos que genera debate es la flexibilización del horario de trabajo.
La ley habilita que la jornada diaria pueda extenderse hasta 12 horas, siempre que se cumplan ciertas condiciones:
Debe existir acuerdo voluntario entre empleador y trabajador.
Se pueden aplicar sistemas flexibles como bancos de horas.
Debe garantizarse un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas.
Además, se incorpora la posibilidad de contratar trabajadores a tiempo parcial por debajo de la jornada completa legal.
La reforma también introduce modificaciones en el régimen de vacaciones laborales.
El nuevo artículo 154 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que:
Las vacaciones deberán otorgarse entre el 1 de octubre y el 30 de abril.
El empleador deberá notificar por escrito con al menos 30 días de anticipación.
Además, se habilita la posibilidad de fraccionar las vacaciones, siempre que cada período tenga un mínimo de siete días corridos.
La normativa también modifica aspectos de la Ley de Asociaciones Sindicales (23.551).
Entre las nuevas disposiciones:
Las asambleas sindicales deberán realizarse sin afectar el normal funcionamiento de la empresa.
Deberán contar con autorización previa del empleador respecto del horario y duración.
Además, la ley tipifica como infracciones muy graves acciones como:
Bloquear establecimientos
Instar o organizar tomas de empresas
La reforma introduce limitaciones al derecho de huelga en determinados sectores.
En el caso de servicios esenciales, como:
Salud
Distribución de agua potable
Telecomunicaciones
Aeronáutica comercial
Control portuario
deberá garantizarse un mínimo del 75% del personal en actividad durante la medida de fuerza.
Para los llamados servicios de importancia trascendental, como:
Transporte de pasajeros y cargas
Medios de comunicación
Industria siderúrgica
Industria química
Cementeras
Industria alimenticia
Construcción
Aeropuertos
Minería
se exigirá un funcionamiento mínimo del 50%.
La reforma laboral también incorpora medidas destinadas a reducir el trabajo informal en Argentina.
Entre ellas se destaca el Programa de Promoción del Empleo Registrado, que contempla un esquema de blanqueo laboral.
Las empresas que regularicen trabajadores podrán acceder a:
Condonación de hasta el 70% de las deudas por aportes y multas.
Además, se crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral, que reduce las contribuciones patronales al 8% anual.
Los beneficios serán mayores para quienes contraten:
Trabajadores previamente no registrados antes del 10 de diciembre de 2025
Ex monotributistas
Ex empleados públicos
Por último, la ley incluye beneficios para inversiones medianas en el sector productivo.
El régimen estará vigente por dos años y contempla ventajas fiscales para empresas que inviertan entre:
150.000 dólares y 9 millones de dólares
en bienes muebles nuevos o infraestructura productiva.
Entre los beneficios se incluyen:
Amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias
Devolución anticipada del IVA
Quedarán excluidas del régimen las inversiones en automóviles.