RÁPIDO Y FÁCIL

Claves para entender el nuevo Código Civil y Comercial

Promulgado por el Poder Ejecutivo, el nuevo Código une y modifica al viejo Código Civil y el Código Comercial; conocé las modificaciones más importantes y cuáles serán los cambios en la vida cotidiana de la gente
miércoles, 8 de octubre de 2014 · 09:44

NECOCHEA (Cuatro Vientos) - Sancionado por la presidente Cristina Fernández en cadena nacional, frente a una audiencia en la que se encontraban gran parte de los gobernadores, del sector sindical, los jueces de la corte suprema y la plana completa del gabinete nacional, el nuevo Código Civil y Comercial modificará la vida de las personas.

Un punteo de los temas más importantes:

■ Inicio de vida: el artículo 19 estipula que "la existencia de la persona humana comienza con su concepción".

■ Matrimonio: A raíz de la sanción de la ley de matrimonio igualitario, ya no se realizan distinciones entre hombres y mujeres.

Además, los cónyuges podrán escoger entre el régimen de comunidad de ganancias y el régimen de separación de bienes a través de acuerdos prenupciales, que hasta ahora no existían.

■ Divorcio: se simplifican los trámites.

Ahora, con que uno de los dos quiera será suficiente y sólo debe invocar su deseo.

No deberá aportar causas comprobables.

Desaparece el mínimo de tres años de matrimonio antes necesario para separarse.

■ Unión convivencial: se regulan los efectos jurídicos del concubinato. Se crea un Registro de Uniones Convivenciales, con derechos y obligaciones similares al matrimonio tradicional.

■ Adopción: Se busca brindar mayor rapidez a los trámites.

Se incorpora la adopción por integración, para el hijo del cónyuge o conviviente.

Se tomará en cuenta la opinón del niño y obliga a su consentimiento a partir de los diez años.

No hay diferencias de sexo entre los adoptantes, por lo tanto podrán adoptar tanto padres y madres solteros así como parejas del mismo sexo.

Se eliminan las "guardas extrajudiciales" y las guardas pasan a tener un plazo máximo de 90 días.

■ Reproducción asistida: Fueron eliminadas las técnicas del artículo 19 pero se contemplan otras modificaciones.

Podrá solicitarse la identidad del donante por razones "debidamente fundadas".

No estará regulada la fecundación post-mortem.

No estará regulado el "alquiler de vientres".

■ Cuotas alimentarias:

El deber alimentario se extenderá hasta los 21 años.

Será el padre el que deberá acreditar que el hijo podrá procurarse los alimentos para dejar de dárselos.

Si el hijo continuara estudiando, el deber de darle la cuota se extenderá hasta los 25 años.

■ Sucesiones: se amplía la facultad de testar, reduciendo la porción legítima y se incorpora el fideicomiso testamentario.

Deudas en moneda extranjera: se habilita al deudor a librarse de su obligación mediante la entrega del equivalente en moneda de curso legal, al tipo de cambio oficial.

■ Sociedades: se autoriza la constitución de sociedades unipersonales, mediante sociedades anónimas sujetas a fiscalización estatal.

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