PLANTA DE FERTILIZANTES

Poder de Policía: La ley permite al Municipio cerrar Sitios 11 y 12

domingo, 13 de mayo de 2018 · 00:00

Mientras todavía se espera que el OPDS (Organismo Provincial de Desarrollos Sostenible) emita su dictamen por los evidentes incumplimientos de los concesionarios de sitios 11 y 12 en Puerto Quequén a los condicionantes impuestos para instalar la planta de acopio de fertilizantes, el municipio mantiene una postura neutra que podría cambiar de un momento a otro.

"Sería tan simple como impedirle el paso de los camiones por la ciudad", comentó a Cuatro Vientos una fuente cercana al Ejecutivo sobe las posibilidades de la Comuna de detener la obra en caso de no encontrar una respuesta comprometida por parte del OPDS, que sospechosamente guarda silencio mientras los trabajos siguen adelante. 

Lo cierto es que aquella es sólo una posibilidad que tiene el Ejecutivo Municipal en vistas de la Ley Orgánica de las Municipalidades, que otorgar poder policial a la Comuna sobre todo su territorio sin excepciones.

Según el Artículo 286 de la LOM (Ley Orgánica de las Municipalidades-DECRETO-LEY 6769/58), "el poder de policía por parte de las Municipalidades, en materia de sus competencias y en aquellas en que ejercieran facultades concurrentes y en la forma que corresponda en las que actúen por delegación de la Nación o la Provincia, de acuerdo a la Constitución y las leyes, se extiende a todo el ámbito de sus respectivos territorios, sin excepciones de ninguna especie".

Con ese argumento a sus espaldas los grupos de profesionales y ambientalistas que cuestionan el proyecto analizan la posibilidad de intimar a la Comuna para que tome acciones frente a los incumplimientos, más allá de que se siga esperando el dictamen del OPDS. Los incumplimientos a las leyes ambientales han sido señalados en reiteradas oportunidades por los ambientalistas.

Sucede que de no accionar frente a la situación el propio intendente Facundo López podría enfrentar una denuncia en su contra como señala el artículo 241 de la LOM que "establece el principio de responsabilidad de los funcionarios municipales por todo acto que autoricen, ejecuten o dejen de ejecutar excediéndose en el uso de sus facultades o infringiendo los deberes que les conciernen en razón de sus cargos".

En ese contexto, el argumento de los defensores del proyecto para instalar la planta de acopio de fertilizantes, que intenta desestimar la potestad de la Comuna sobre lo que sucede en el Puerto, se cae bajo su propio peso y también representa un riesgo para el Departamento Ejecutivo, cuyos funcionarios podrían esperar alguna clase de reacción legal de los vecinos si dejan de cumplir con su deber.

18%
Satisfacción
6%
Esperanza
62%
Bronca
2%
Tristeza
6%
Incertidumbre
2%
Indiferencia

Comentarios

Otras Noticias