En la provincia de Buenos Aires, el Senado dio media sanción a un proyecto de ley que plantea un cambio de paradigma en la penalización de infracciones de tránsito. La propuesta, impulsada por el senador marplatense Ariel Bordaisco (UCR + Cambio Federal), establece la implementación de trabajos comunitarios como forma de sanción, con el objetivo de generar conciencia, reducir la reincidencia y fomentar la reparación social.
El texto, que ahora deberá ser debatido en la Cámara de Diputados provincial, contempla que quienes cometan infracciones viales deberán cumplir entre 2 y 20 horas de tareas comunitarias. Estas actividades deberán realizarse fuera del horario laboral habitual del infractor, evitando así afectar sus obligaciones laborales o educativas.
La norma faculta a los jueces a determinar las condiciones específicas de cada sanción, adaptándola a la gravedad de la falta cometida. El eje del proyecto gira en torno a la educación y la toma de conciencia: no se trata solo de castigar, sino de transformar el error en aprendizaje.
“Las infracciones de tránsito no son estadísticas: pueden significar una vida perdida o una familia destruida”, expresó Bordaisco. “Por eso proponemos que el infractor realice tareas comunitarias y observe de cerca las consecuencias de los accidentes, como parte de su proceso de concientización”, agregó.
El proyecto también contempla una disposición especial para las faltas que impliquen un riesgo serio para la vida o la salud. En esos casos, los infractores deberán prestar servicio comunitario en centros de rehabilitación para víctimas de siniestros viales. Esto permitirá una confrontación directa con las secuelas de la imprudencia al volante.
La iniciativa se enmarca en una tendencia creciente a nivel global, que busca alternativas a las multas económicas tradicionales. Estas medidas de reparación social, según especialistas, fomentan la empatía, la responsabilidad y el compromiso ciudadano.
De avanzar en Diputados, Buenos Aires se sumará a otras provincias argentinas que ya aplican sanciones con contenido educativo y comunitario, priorizando la concientización por sobre la simple penalización monetaria.
Se considera trabajo comunitario a toda cooperación personal, no remunerada, en actividades de interés público, valor educativo o con fines de reparación de perjuicios menores. Puede incluir tareas en organizaciones sociales, mantenimiento de espacios públicos o asistencia en instituciones comunitarias.