A través del Decreto 446/2025 publicado este jueves en el Boletín Oficial, el Gobierno de Javier Milei oficializó un importante giro en la regulación del gas licuado de petróleo (GLP), comúnmente conocido como gas envasado o garrafas. A partir de ahora, el Estado dejará de intervenir en los precios, la oferta y la demanda del producto, enfocándose exclusivamente en el control de aspectos técnicos y de seguridad.
La medida modifica varios artículos clave de la Ley 26.020, que desde hace años regulaba el fraccionamiento, envasado y distribución del GLP en todo el país.
Según el texto oficial, los precios y la dinámica comercial quedarán bajo las reglas del mercado libre y competitivo, considerado por el Ejecutivo como el "mecanismo más eficiente para asignar recursos y fomentar el desarrollo del sector".
Los principales puntos del nuevo esquema incluyen:
Instalación de nuevas plantas: Cualquier empresa podrá habilitar o ampliar plantas fraccionadoras sin más requisitos que el cumplimiento de la ley y su reglamentación.
Rol de la Secretaría de Energía: Se limitará a inspeccionar y fiscalizar que las condiciones de seguridad se cumplan, sin intervenir en aspectos comerciales.
Documentación con aprobación tácita: Si no hay observaciones dentro de los 10 días hábiles tras la presentación de la documentación, se considerará aprobada por “silencio positivo”.
A partir de ahora, los fraccionadores podrán envasar gas de cualquier productor, comercializador o importador, cumpliendo las normas vigentes. Además, podrán hacerlo para múltiples marcas o leyendas, mediante contratos bilaterales sin restricciones.
El decreto establece también la creación de un parque de envases de uso común, integrado por las distintas empresas fraccionadoras. Los fraccionadores y distribuidores estarán obligados a recibir envases de su propia marca o de terceros y deberán registrar en cada garrafa el nombre de la planta envasadora mediante una etiqueta visible.
En una de las decisiones más significativas, el Gobierno habilitó la importación libre de GLP sin autorización previa, siempre que se cumpla con la normativa vigente. En el caso de la exportación, se permitirá una vez que esté asegurado el abastecimiento del mercado interno.