28/07/2026 - Edición Nº594

Necochea

ARCA aumentó las escalas del monotributo: Cuánto se puede facturar por mes en cada categoría tras el aumento

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó una actualización de las escalas del monotributo con un incremento del 16,8% tanto en los topes de facturación como en los valores de las cuotas mensuales. La medida impacta en la recategorización correspondiente al segundo semestre de 2026 y comenzará a reflejarse en los pagos con vencimiento desde agosto.

Con esta modificación, miles de monotributistas deberán revisar su nivel de ingresos para determinar si continúan en la misma categoría o si corresponde realizar una recategorización de acuerdo con los parámetros vigentes.

Cuánto se puede facturar por mes según la categoría del monotributo

Aunque ARCA determina la categoría en función de los ingresos brutos acumulados durante los últimos 12 meses, muchos contribuyentes utilizan una estimación mensual para llevar un control de su facturación y evitar exceder los límites permitidos.

Tomando los nuevos topes anuales y dividiéndolos por doce, estos son los montos orientativos de facturación mensual para cada categoría:

  • Categoría A: hasta $1.000.784,20 por mes.
  • Categoría B: hasta $1.466.265,23 por mes.
  • Categoría C: hasta $2.055.874,53 por mes.
  • Categoría D: hasta $2.552.387,62 por mes.
  • Categoría E: hasta $3.002.352,61 por mes.
  • Categoría F: hasta $3.762.638,28 por mes.
  • Categoría G: hasta $4.499.649,91 por mes.
  • Categoría H: hasta $6.827.055,03 por mes.
  • Categoría I: hasta $7.641.646,83 por mes.
  • Categoría J: hasta $8.751.043,27 por mes.
  • Categoría K: hasta $10.550.903,23 por mes.

Estos valores funcionan únicamente como una guía para el seguimiento mensual de la actividad, ya que el organismo fiscal toma como referencia el total facturado en el período anual.

Monotributo: qué ocurre si se supera el tope de facturación

Desde ARCA recordaron que la permanencia dentro de una categoría no depende exclusivamente de los ingresos obtenidos. El organismo también evalúa otros indicadores establecidos por la normativa, entre ellos:

  • La superficie destinada a la actividad.
  • El consumo anual de energía eléctrica.
  • El monto de los alquileres devengados, cuando corresponda.

Además, la evaluación se realiza sobre los ingresos devengados, es decir, las facturas emitidas durante los últimos doce meses, sin importar si fueron cobradas o no.

Por ese motivo, superar el promedio mensual en un determinado mes no implica automáticamente quedar fuera del régimen simplificado, siempre que el total anual continúe dentro de los límites establecidos para la categoría correspondiente.

Cuándo corresponde recategorizarse

Los contribuyentes que superen los parámetros de su categoría deberán realizar la recategorización en los plazos establecidos por ARCA. En tanto, quienes excedan el límite máximo previsto para el monotributo deberán pasar al régimen general, tributando IVA y Ganancias conforme a la legislación vigente.

Con la actualización de las escalas, resulta fundamental que los monotributistas controlen periódicamente su nivel de facturación y los restantes parámetros del régimen para evitar inconvenientes, sanciones o una exclusión por incumplimiento de los límites establecidos.

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