El Gobierno de Javier Milei puso en vigencia un nuevo esquema para la atención sanitaria de personas extranjeras en hospitales nacionales. A través de la Resolución 1066/2026, el Ministerio de Salud de la Nación aprobó un procedimiento que establece el cobro de aranceles a quienes no puedan acreditar residencia permanente en la Argentina.
La medida alcanza a los extranjeros que concurran a determinados establecimientos sanitarios administrados por el Estado nacional y establece mecanismos específicos para el pago de prestaciones médicas, aunque contempla excepciones para aquellas situaciones consideradas de emergencia.
Entre los establecimientos que podrían verse alcanzados en la provincia de Buenos Aires aparecen el Hospital Posadas y el Hospital El Cruce de Florencio Varela, dos de los principales centros de salud de referencia nacional ubicados en territorio bonaerense.
La normativa establece un procedimiento operativo específico para determinar quiénes pueden acceder a las prestaciones sanitarias en las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos y quiénes deberán afrontar el costo de la atención.
Para quedar exceptuado del pago, el extranjero deberá presentar su DNI físico argentino y acreditar que cuenta con la categoría de “residente permanente”.
Quienes no puedan demostrar esa condición —entre ellos turistas y personas con residencia temporaria— deberán presentar un seguro de salud válido o afrontar el pago correspondiente por la prestación médica.
El nuevo mecanismo comenzó a regir y contempla distintas modalidades de facturación, tanto para compañías aseguradoras como para pacientes particulares.
En el caso de las prestaciones programadas o habituales, el procedimiento establece que el pago deberá realizarse antes de la atención médica.
El paciente será enviado al área de Facturación del establecimiento sanitario, donde se determinará el valor de la prestación de acuerdo con el nomenclador utilizado por cada institución.
Una vez establecido el monto, el paciente deberá abonar el 100% del presupuesto previamente calculado antes de recibir la atención correspondiente.
La resolución también contempla la posibilidad de recuperar los costos mediante compañías de seguros internacionales. En estos casos, las instituciones podrán facturar las prestaciones y establecer un plazo de hasta 45 días para el pago.
El nuevo esquema no establece que todos los extranjeros deban pagar por cualquier tipo de atención médica.
El punto central es la condición migratoria acreditada al momento de solicitar la prestación.
Los extranjeros que tengan residencia permanente y puedan demostrarla mediante su documentación mantendrán el acceso a la atención en igualdad de condiciones con los ciudadanos argentinos.
En cambio, quienes sean turistas o residentes temporarios deberán contar con cobertura médica o afrontar los costos establecidos por el hospital para las prestaciones que no sean consideradas emergencias.
De esta manera, el universo potencialmente alcanzado por la medida queda concentrado principalmente en personas que permanecen temporalmente en el país.
Uno de los principales puntos de la resolución es que las emergencias que impliquen un riesgo cierto e inminente no podrán quedar condicionadas al pago previo.
La normativa establece una serie de situaciones en las que la atención deberá brindarse de manera inmediata, independientemente de la condición migratoria del paciente.
Entre ellas se encuentran:
La regla general es que, cuando exista peligro inmediato para la vida, un órgano o una función, el paciente deberá recibir asistencia sin que se le exija previamente el pago.
La resolución también contempla una situación frecuente en los servicios de emergencia: que al momento del ingreso no sea posible determinar con precisión la gravedad del cuadro.
En esos casos, el criterio establecido es priorizar la atención médica inmediata.
Es decir, si existe una duda razonable sobre si el paciente atraviesa una emergencia, el establecimiento deberá intervenir y estabilizarlo. Posteriormente, será el profesional responsable quien determine si se trató efectivamente de una situación crítica o de una atención habitual.
Si se determina que la emergencia finalizó y el paciente continúa requiriendo atención que no reviste riesgo vital, comenzará entonces el procedimiento de recuperación de costos.
Una vez estabilizada la persona, el área de Facturación deberá contabilizar los gastos correspondientes a las prestaciones realizadas desde el momento en que terminó la situación de emergencia hasta el alta médica.
Ese monto podrá ser reclamado posteriormente al paciente o a la compañía aseguradora que corresponda.
De esta manera, el Gobierno busca diferenciar entre la atención urgente destinada a preservar la vida y aquellas prestaciones médicas programadas o habituales que, bajo el nuevo régimen, podrán quedar sujetas a cobro.
La implementación de este nuevo sistema también generó interrogantes respecto de su impacto concreto sobre el funcionamiento del sistema sanitario público.
Especialistas y fuentes vinculadas al área de Salud de la provincia de Buenos Aires relativizaron el alcance que podría tener la medida en términos de recaudación y de modificación efectiva de la atención hospitalaria.
Uno de los argumentos planteados es que los grandes hospitales nacionales no funcionan necesariamente como centros de atención primaria con acceso irrestricto a guardias para cualquier paciente, sino que una parte importante de sus prestaciones se canaliza mediante derivaciones desde otros establecimientos sanitarios.
Además, el universo de extranjeros potencialmente alcanzados por el cobro estaría concentrado principalmente en turistas y residentes temporarios.
En el caso de los turistas, buena parte de quienes ingresan al país cuenta con seguros de viaje o cobertura médica internacional, lo que podría reducir el impacto directo sobre las cuentas de los hospitales.
La decisión se inscribe dentro de una serie de políticas impulsadas por la administración de Javier Milei vinculadas con la situación de los extranjeros en la Argentina.
El Gobierno viene planteando cambios en materia migratoria y en el acceso a determinados servicios públicos, con el argumento de reducir los costos que el Estado debe afrontar y priorizar el uso de los recursos públicos para quienes tienen residencia permanente en el país.
En este contexto, la nueva resolución del Ministerio de Salud introduce un mecanismo concreto para cobrar determinadas prestaciones médicas a extranjeros que no acrediten residencia permanente, aunque mantiene la atención gratuita frente a situaciones de emergencia que impliquen riesgo para la vida.
El alcance económico de la medida, sin embargo, dependerá de la cantidad de pacientes alcanzados, de las prestaciones efectivamente facturadas y de la capacidad de los hospitales para recuperar esos costos.