19/08/2026 - Edición Nº616

Zonales

La Justicia puso un freno procesal al desalojo de tres emprendimientos en Chapadmalal

18/08/2026 10:58 |



El Ministerio Público Fiscal consideró que la Justicia Federal de Mar del Plata es competente para intervenir en las demandas impulsadas por el Estado nacional para recuperar espacios ocupados por tres emprendimientos comerciales dentro del Complejo Turístico Chapadmalal.

Sin embargo, el fiscal federal Daniel Adler advirtió una falencia procesal que podría demorar el avance de la causa: la Nación no acreditó de manera suficiente que los ocupantes hayan sido correctamente notificados de la intimación para abandonar las instalaciones en el plazo de diez días.

El planteo del Ministerio Público Fiscal

La observación fue formulada en el Dictamen N° 2530/2026, correspondiente al expediente iniciado por la Agencia de Administración de Bienes del Estado (Aabe) contra la denominada Escuela de Surf.

El fiscal entendió que el juzgado interviniente es competente para tratar el reclamo y que el procedimiento judicial elegido por el organismo estatal resulta adecuado para la pretensión de desalojo.

Pero el análisis procesal dejó en evidencia un punto que debe ser corregido antes de que la causa pueda continuar.

Entre la documentación presentada por Nación aparece un acta de notificación fechada el 17 de abril de 2026, dirigida genéricamente a “intrusos y/u ocupantes”.

Según señaló Adler, no quedó acreditado de manera inequívoca cómo fue realizada esa notificación ni desde qué momento comenzó a correr el plazo de diez días otorgado para abandonar las instalaciones.

La notificación, un requisito clave para el desalojo

La cuestión resulta central porque, antes de recurrir a la Justicia, el Estado debe acreditar que los presuntos ocupantes ilegítimos fueron intimados correctamente y tuvieron la posibilidad de abandonar voluntariamente los inmuebles.

Por ese motivo, el Ministerio Público Fiscal consideró que el juzgado debe solicitar a Nación que demuestre que el acta fue efectivamente diligenciada y que, a partir de esa comunicación, transcurrió el plazo legal de diez días.

Si la Aabe no logra acreditar ese requisito, deberá retroceder a la instancia administrativa y realizar nuevamente la intimación de manera correcta antes de intentar avanzar judicialmente con el desalojo.

Tres emprendimientos bajo la mira de la Aabe

La presentación forma parte de una ofensiva judicial de la Agencia de Administración de Bienes del Estado para recuperar tres espacios ubicados dentro del Complejo Turístico Chapadmalal.

En julio, el organismo inició tres demandas mediante el procedimiento especial de lanzamiento establecido por la Ley 17.091 contra:

  • La Escuela de Surf.
  • Café del Lago.
  • Restaurante La Barraca de Chapa.

La Aabe sostiene que los responsables de estos emprendimientos ocupan sectores del complejo sin contar con autorización estatal.

De acuerdo con las demandas, los establecimientos no tendrían permiso, concesión, autorización, tenencia precaria ni otro título jurídico que habilite su permanencia en los inmuebles.

El organismo sostiene además que esa situación limita el ejercicio de las facultades del Estado sobre los bienes involucrados.

El argumento de la preservación del Complejo Chapadmalal

Otro de los fundamentos utilizados por la Aabe está relacionado con el valor patrimonial del complejo.

El Complejo Turístico Chapadmalal integra un conjunto declarado Monumento Histórico Nacional mediante el Decreto 784/2013. Para el organismo estatal, la recuperación de los espacios ocupados forma parte de una política destinada a preservar y poner en valor el patrimonio existente.

La Nación asegura que antes de acudir a los tribunales realizó las intimaciones correspondientes durante abril para que los ocupantes abandonaran las instalaciones.

Sin embargo, el dictamen del fiscal pone el foco precisamente en la necesidad de demostrar que esas comunicaciones fueron realizadas correctamente.

Qué puede pasar con el Café del Lago y La Barraca de Chapa

El dictamen corresponde al expediente relacionado con la Escuela de Surf, pero los tres procesos presentan características similares.

Por esa razón, se espera que la observación sobre la notificación también tenga incidencia en los expedientes correspondientes a Café del Lago y La Barraca de Chapa, aunque cada causa deberá ser analizada de manera individual.

El planteo del Ministerio Público Fiscal no implica un pronunciamiento sobre si corresponde o no concretar los desalojos. Tampoco resuelve quién tiene razón sobre el fondo del conflicto.

La discusión actual se concentra en una cuestión estrictamente procesal: si el Estado cumplió correctamente con la intimación previa exigida antes de avanzar con el procedimiento judicial de desalojo.

Dónde tramitan las causas

Los tres expedientes fueron iniciados ante la Justicia Federal de Mar del Plata.

El proceso relacionado con la Escuela de Surf quedó radicado en el Juzgado Federal N° 4, mientras que las demandas correspondientes a Café del Lago y La Barraca de Chapa tramitan ante el Juzgado Federal N° 2.

De esta manera, el conflicto por la ocupación de espacios dentro del histórico complejo turístico suma ahora una instancia procesal que deberá resolverse antes de que la Nación pueda avanzar con los desalojos reclamados.

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