El Gobierno de la provincia de Buenos Aires declaró el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario por inundaciones en distintas zonas del partido de Necochea, debido a las importantes afectaciones que el fenómeno climático provocó sobre establecimientos rurales y la actividad productiva.
La medida comprende específicamente a las circunscripciones II, III, IV y XII de Necochea y tendrá vigencia desde el 1° de mayo hasta el 31 de octubre de 2026.
La declaración también alcanza al partido de 9 de Julio en su totalidad, donde la situación generada por las inundaciones también produjo consecuencias sobre la producción agropecuaria.
La decisión provincial fue tomada luego de analizar distintos elementos que permitieron dimensionar el impacto de las inundaciones sobre las explotaciones agropecuarias.
El Ministerio de Desarrollo Agrario bonaerense evaluó información meteorológica, imágenes satelitales y relevamientos realizados directamente en las zonas afectadas.
A ese análisis se sumaron los informes elaborados por las Comisiones Locales de Emergencia Agropecuaria, que posteriormente fueron considerados por la Comisión de Emergencia y Desastre Agropecuario de la provincia de Buenos Aires.
El organismo provincial trató la situación durante su reunión ordinaria N° 277, realizada el 25 de junio, y recomendó avanzar con la declaración de emergencia y/o desastre.
De acuerdo con los fundamentos de la medida, las inundaciones provocaron una situación extraordinaria que comprometió tanto la producción como la capacidad productiva de numerosos establecimientos rurales.
La declaración de emergencia agropecuaria permite activar una serie de beneficios impositivos y crediticios destinados a los productores alcanzados por la medida.
Uno de los principales beneficios está relacionado con el Impuesto Inmobiliario Rural, cuya exención dependerá del nivel de afectación que haya sufrido cada explotación.
En los casos considerados como Desastre Agropecuario, el beneficio será aplicado de manera proporcional al porcentaje de afectación determinado para cada establecimiento.
Para los productores incluidos dentro del régimen de Emergencia Agropecuaria, también se contemplan beneficios vinculados al impuesto, en el marco de lo establecido por la Ley provincial N° 10.390.
La medida busca brindar cierto alivio a los establecimientos que enfrentan pérdidas o dificultades productivas como consecuencia del exceso de agua.
El decreto establece además la participación de distintos organismos provinciales para poner en marcha las medidas previstas.
La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) será la encargada de instrumentar los beneficios tributarios correspondientes.
Por otra parte, el Banco de la Provincia de Buenos Aires tendrá a su cargo la implementación de los beneficios crediticios contemplados dentro del régimen de emergencia agropecuaria.
De esta manera, los productores afectados podrán acceder a herramientas destinadas a reducir el impacto económico generado por el fenómeno climático.
Uno de los puntos centrales de la medida es el plazo establecido para realizar los trámites.
Los productores cuyas explotaciones estén ubicadas dentro de las zonas declaradas deberán presentar las declaraciones juradas correspondientes dentro de los diez días posteriores a la publicación del decreto en el Boletín Oficial.
El trámite será necesario para acceder a los beneficios establecidos por la declaración de emergencia y/o desastre agropecuario.
La medida no alcanza de manera general a cualquier establecimiento rural, sino que está dirigida a quienes cumplan con las condiciones establecidas por la normativa.
En el caso de Necochea, la declaración no comprende a todo el partido.
Las zonas alcanzadas son las siguientes:
En cambio, para el partido de 9 de Julio, la declaración comprende la totalidad del distrito.
La declaración tendrá una vigencia de seis meses, comprendida entre el 1° de mayo y el 31 de octubre de 2026.
Durante ese período, los productores que acrediten encontrarse dentro de las zonas afectadas y cumplan con los requisitos establecidos podrán acceder a los beneficios tributarios y crediticios previstos por el régimen provincial.
La medida representa una herramienta de asistencia para el sector agropecuario frente al impacto de las inundaciones, que en las zonas alcanzadas comprometieron el normal desarrollo de la actividad productiva.